La independencia inconcebible

La Real Hacienda en el Perú durante el siglo dieciocho experimentó importantes cambios estructurales en consonancia con las reformas borbónicas. El aparato fiscal y administrativo de Ultramar se vio profundamente alterado en el reinado de Carlos III con el impulso decidido de José de Gálvez como responsable de la Secretaría Universal de Indias (1776-1787) y la gestión de los visitadores José Antonio de Areche (17771781) y Jorge Escobedo (1782-1788). La intendencia se convirtió en la piedra angular del programa reformista, centralizando funciones ejercidas con anterioridad por el virrey, oficiales reales y diversas instituciones. En la nueva línea del poder económico, el visitador, en calidad de nuevo superintendente de Real Hacienda, despachaba directamente con el ministro de Indias y supervisaba y ejecutaba con los intendentes. La Junta Superior de Real Hacienda, institución de nuevo cuño, centralizó numerosas atribuciones repartidas en varias instituciones y se encargó del asesoramiento en materia fiscal. Entonces las Cajas Reales fueron centralizadas, en consonancia con el mapa administrativo de las intendencias, y Lima quedó como sede de la única caja general del virreinato. Finalmente, se procedió a una intensa renovación de la burocracia fiscal, suprimiendo la venta de cargos y cubriendo con peninsulares los puestos vacantes en las Cajas Reales y demás organismos. La muerte de José de Gálvez y el retorno a la Península del visitador Escobedo en 1787, supusieron el final abrupto de la ola reformista en el Perú (Flores Guzmán, 2010, pp. 327-329). Sin embargo, el modelo borbónico, a pesar de las medidas correctoras impulsadas por los virreyes, había quedado consolidado y no se operaron cambios sustanciales en su estructura hasta inicios del siglo diecinueve. El éxito del programa borbónico, resultado a su vez del crecimiento económico y demográfico, quedó de manifiesto en los nuevos techos fiscales, con ingresos anuales cercanos a los seis millones de pesos, y corroboró la eficiencia de una renovada estructura fiscal colonial (ver gráfico 4). 322

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