podido documentar cómo el tema siguió siendo recurrente durante el Trienio Liberal (Sala i Vila, 2012) cuando en 1822 los ayuntamientos de Huamanga, Huanta y Andahuaylas insistieron en la necesidad de convertir la rebaja temporal en definitiva dado que persistían «las mismas causas de deterioro de las fincas y atraso en la agricultura»440, a lo que la Diputación Provincial de La Plata añadiría la condonación de las deudas por los intereses impagados y acumuladas hasta 1817 y que, una vez concluida la guerra y pacificado el virreinato, se llegara con los censualistas a una «moderada composición sobre capitales según el estado de las fincas»441. Según E. Tello el sistema hipotecario censitario del Antiguo Régimen no se hundió por sí mismo ni como consecuencia de la intervención de la Monarquía absoluta a lo largo del siglo dieciocho o, en nuestro caso, en la segunda década del siglo diecinueve, al reducir las tasas de interés, sino que, como sucedió con los diezmos, fue destruido por quienes se resistieron a seguir pagándolo, porque en caso contrario se habrían vistos abocados a la quiebra, sojuzgados por las obligaciones de la renta territorial, el interés de los censos, las exigencias señoriales y una fiscalidad pública en aumento. La legislación liberal no habría sido sino una vía que permitió recomponer el orden social y liberar una tensión de otra forma irresoluble (Tello, 2007)442. Desconocemos en qué medida los distintos cabildos o provincias reconocieron la labor parlamentaria de sus respectivos representantes, solo hemos podido documentar el caso de Huamanga, que consideramos que merece ser rescatado en cuanto avala nuestra hipótesis de hasta qué punto fue visto como un tiempo excepcional en el que fue posible negociar amplios beneficios, primero con el Poder Legislativo y después de 1814 con el Consejo de Indias y la Corona. Textualmente, el Libro de Actas del Cabildo de Huamanga dejó constancia de su agradecimiento a Martín José Mujica, por entonces fiscal de la Audiencia del Cuzco: Y recordando con este motivo el Ylustre Ayuntamiento los sacrificios del Sr. Fiscal ExDiputado en obsequio de esta Provincia, hasta abandonar su hogar, sus hijos, y Esposa en una de las épocas más delicadas de su vida, sufriendo mil riesgos y sinsabores por exponer y manifestar en las llamadas Cortes los imprescriptibles derechos de su representada; no puede menos que penetrarse del más vivo reconocimiento así a el y tributarle la más sinceras gracias, asegurándole que su memoria nos será eterna, y que su nombre queda grabado con caracteres indelebles en cada uno de los beneficios, que nos ha alcanzado con liberalidad de la benéfica mano de nuestro Augusto Soberano443. 282
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