La independencia inconcebible

conciliación con los disidentes114. El procedimiento ya se había ensayado en el primer liberalismo e incluso durante el sexenio absolutista, en el que acabaría imponiéndose la voluntad del rey, la pacificación por las armas, que se concretaría en la expedición de Pablo Morillo a Costa Firme en 1815 y que fracasaría en el envío durante 1818 de una flota al Callao y, poco después, cuando las fuerzas de Riego se negaron a embarcar y fueron el detonante de los levantamientos que forzarían al cambio político. El seguimiento de la política central y de los procesos ultramarinos ha permitido diferenciar dos etapas en la política negociadora del segundo liberalismo. En la primera, que se gestó y desarrolló a lo largo de 1820, intervinieron todas las instancias: el rey, la Junta Provisional, el gobierno y el Consejo de Estado (las Cortes solo se reunieron desde julio, cuando el proceso ya se había iniciado). El marco normativo siguió una compleja singladura desde la «Proclama del Rey» del 31 de marzo, pasando por la real orden del 11 de abril y las Instrucciones del 15 de abril que la desarrollaban. El 8 de junio el gobierno nombró comisionados con destino a las provincias disidentes de Buenos Aires, Chile y Costa Firme. Desde una posición de fuerza y superioridad, el mensaje central era que si los sublevados juraban la Constitución de 1812 se les ofrecía el perdón y las ventajas que el formar parte de la nación española llevaba aparejadas, pudiendo enviar diputados a Cortes y emisarios para presentar sus quejas a la Corte. Si no aceptaban, les esperaba la guerra y un futuro de enfrentamientos civiles, que aprovecharían en su beneficio las potencias extranjeras. El fracaso de la primera andanada negociadora se fue conociendo a finales de 1820. A lo largo de 1821 el gobierno, el Consejo de Estado y algunos diputados a Cortes consideraron otras posibilidades, especialmente la solución militar, como también la mediación de un país amigo e incluso el reconocimiento de la independencia. La consulta al Consejo de Estado, que evacuó un dictamen el 7 de noviembre de 1821 favorable a la pacificación armada, supondría un punto de inflexión hacia el relanzamiento de la negociación. Ya sin presencia de diputados americanos continentales, que abandonaron las Cortes el 14 de febrero de 1822, y en un clima de polarización creciente, con los liberales exaltados ganando posiciones, las Cortes aprobaron los decretos de 13 de febrero y el 28 de junio de 1822, los cuales se desarrollaron en ulteriores instrucciones y prevenciones. Para entonces, el escenario americano había cambiado y solo el Perú y Nueva España mantenían provincias bajo control realista. En la segunda fase se 111

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