La Iglesia puneña : órgano del gobierno ecleseástico de esta diocesis/Título posterior : La Iglesia Puneña periódico semanal. órgano ofial del gobierno eclesiástico de la diocesis(desde N°37)/Título posterior: La Iglesia puneña: publicación eventual. órgano de dcoumentos, doctria y hechos (desde n°180) - Año Nº1-18,/Nº19 Ene 12/Año 2-Nº2/Año 1,Nº3/Año II-Nº 23-51/Año III Nº52-79/AñoIV Nº 80-99/100-116/ Año V-117-136/Año VI 137-148/Año VI Nº149-172/Año VII-Nº175-184

La próxima visita pastoral de la Provincia de Cbucuito ocup,uá su atencion en todo el mes de Noviembre. Muy satisfac torio nos es anunciar á nuestros lectores que el ju eves en la mañana ha coi ,feri<lo S. S. I. en la Ig1esia de San Juan la tonsura y cuatro órdenes menores á los Seílores D. D. Ignacio Fernandez LE± 1E77i2 ,, Francisco S. Ascasivar ,, Clemente Dominguez ,, Francisco Ruiz ,, Pablo Gomez. EE. ?Jrr1n1r n ;¡ SECCION OFICIAL. República Peruana-Pr([/ectur·a y Go~ mandancia Gene, al del Departamento de Puno-A 23 de Octubre de· 1866. Al Reverendo Obispo de la Diócesis Ilmo Señor. El portador de este oficio, pondrá á <liRposicion de U. S. I. la canti dad de seteciento'a cincuenta y dos peso/ls \rn real (7 52$ 1 rl.) que me remite el SnbPrefecto de l a Provincia de Uhucuito, como producto de las limosnas que para el trabajo de esta Santa Igleisia Catedral, han erogado los fi e les de los Distrito~ de Juli, llave, Santa Rosa y De:f'agnade• ro, y U. S. I. se servirá acusar recibo de dicha can• tidad.,---Tambien acompaño la -fista nominal de los erogantes para que U. S. l. ordene su publieacion en el p•!- riódico la "Igl , sia Pnneña. ' ' Dios guarde á U. S. I.-Hipólito Valdez. Itepública Perunna-Dióce:sis de Puno-Pu.. no 23 de Octubre de 1866. Al Señor Prefecto y Comandante General del · Departamento. S. P. y C. G. Acusando á US. r~cibo d~ la cantidad de geteeíentos cincu~nta y dos pesos un real ( 752$ 1 rl.) que 'll portador de su estima.b\e oficio, fecha de hoy ,e há servido entregarme, como producto de la"s l¡mosnas que para el trabajo de la Tgl Psia Catedral han er0gado los fieles de los Distritos de Jnli, Il~ve, Santa-Rosa, y Des:.igu:dero1 creo de mi deber d nr á nombre de mi Igl esia, y por el digno órgano de 1J ~- mis mas rendidos agradecimient,os á las an_ toridades de su dep end •mciáf á cuyo celo rtiligiosO' u ~ debe tan buen resultado. La fata nomin2.I de los erogantes que US. se b á di~ , ado adjuntarme, será pnlilicada preforente-- l'nrnte en "La Iglesia Puneña," satisfáciendo asi 101 deseoa de US.-Dios guarde á US·-- Juan Arnbr-osio Obispo de Puno. j)i6cetis de P'llno.-Becretaria Episcopal.-A 22 de Octubre de 1866. Al Señor Vicarfo Fotaneo de la Provincia de .... S. V. F·. Aproximándose los dias que la Igle- »1a tiene prescritos para que en ellos, LA. IGLESIA. PUNE~A. eleveri ]os_ fieie:s sus preces á Dios ert s1.1fragio de sus hnma,11.,s los qtie mu,¿ rieron sin haber sol ventado ]a pená temporal <le ,;ida por sus pecados, y sabedor S. S. I. que con este f(rnebre motivo tienen lug,~r en varias doctriJ nas <le la Diócesis abusos tan iridignos del f;acerdocio católico, como o.. puestos al espíritu de la Rellgiori santa que nos gloriamos de :1rofesc1r\ me prescribe encarezca, por el digno órgano de US.; á los Señores PJrrocos de su comprehension á fin de· que no se repita desordenes que anhela ver estirpados en el rebaño que el Señor ha confiado á su pastoral s0licitud.-Dios guarde á US. Félipe A. de Pidrola Seeretario bt6rga.nse a1 Reve~endo Fray Juan Pablo Arredondo licencias pt1ra celebrar, predicar, y confe~ar t!. las personas de ambos sexos9 en atencion al tiempo santo del ju bileo, y con ciertas calidades, hasta fines de Enero del próximo año. Puno, Octubre 16 de 1866. Estando en el tiempo santo ciel ju..; bileo concedemos las facultades que . de Nos solicita el Religioso recurreñte, con la calidad de que presente en nuestra Secretaria, er1 el improrogable plazo contado descle la fecha hasta fiues de Diciembre, las licencias de sus prelados locales para per'manecer en nuestra Dióce~is, cumplido lo cual se dispondrá á fi n de rendir' por a11te N cs el extl~nen que tenemos: or<lena<lo por n uestro Edicto fecha diez y ~iete del próximo pasa<lo M ayo, el qu e te1,dr~ lugar á fines de E ·nero del entrante año.- El O bi spo, - Por ma11dato ,Je S S I d Obispo mi Señor.-Felipe A. de PÜrola-Se·"" cretario. Expídese ' título de Provísot y V{.t cario General if favor' del Dr'. D .,, Francisco Cabrera. Nos, el Dr. D. Juan: Ámbrosíd Huerta, por la gracia- de Dios y de la Santa Sede Apostólica¡ Obispo de Pu.no. Por cuantd, instruidos ~mficiente'- mente de las virtth,iP.s, prudencia é' ilustracion de vos el Dr. D. Francisco Cabrera; y atendidos vuestros-largos a?íós d.~1 s~rvicio en el desempeño dei Provisor~to de la I gl esia <le Puno, antes unida J la Episcopal del Cuzco, esta rn os seguros de que cu rnplireis hiert y fielménte lo que por Nos os fuere enéónien<lado y encargado en esa mi rn:i Iglesia <le Puno, hoy nuestra Diócesis, por la gracia de Dios y de la Sa i1ta Sede Apostólica: deseando descargar nuestra co11cienc:ia, que sea rectamente administrada la justicia en dicha nuestra Diócesis, os nombramos, á vos el Dr. D. Francisco Cabrera, por nuestro Provisor y Vicario General. en todo lo e~piritual y temporal de ese nuestro Obispado, por el tiempo que fuese nuestra vo]uqtad, y oq darnos por el presente po,ler y comision en forma, para que como tal Provisor y Vicario General po<lais conocer de todHs y de cualesquiera causcts beneficiales, matrimo niJles y criminales en primera instancia, y en apelacion, cuando corresponda, y <lemas causas qne por derecho, uso y costu rn bre tocan y pertenecen á Nos y al dicho vuestro oficio, asi las que se hubiesen iniciado antes de la ereccion de · esa nuestra Ígles1a, como las que rle aqui en ad nte se ofreciesen: queremos tamh1e que en las dichas causas, pod ais provee r ante los notarios, que por' Nos fuesen no1nbrados en nuestra audiencia episcopal. todos y cuales-' quiera autos y sentencias interlocutorias y definitivas que sea necesario y convengrm; y llevarlas á debida ejecucion , p ocedien do en todd corífonrte J der echo; y en lo punicion de los demns pecaJos públicos que os toca n y per'tenec<~ castigar' así por' querellas ,te p,ute como de vuestra oficio y por d.ei; a ,,da previa de nues- , tro P _;_..,· >:notm. Fís·ca! Q11eremo;, por' últ111100 qüe hagc:is e11 el uso y ejer. cieiü' del dÍcho vuestro oficio todo lo dernas' qu'e han hecho y d ebido hacer los Provisores y Vicarios· genei'ales leg~tinfamentc instit1,iuos, y que·, final· ID! n'te; nc~Vt:=ÍS to<los los emolumentos y' de:re'.;._os que· os pertenecen, por· razon' de! dicho vuestrn oficio, cow forrna:n<lüus mieiiír.:s m·cknamos otra cosa. · al arancel que rjje á este respedo eq L:, Diócesis d,~1 Cuzco. En su' virt uJ rna.ndamos S~"a is tenido por· tal nu estro Pro i~0r y Vicario gene0 fal y, se os guarcen bs honores· y preeminellcias que sé os debell guardar, seg 1.rn derecho. Y ordenarnos que antes que empezeis á usar el dicho vuestro oficio, pres...eis ante el párroco,·

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