A.ÑO 11. ♦ ttl . { PERIODICO SEMANAL. iiiiiéiiiit&♦• • , • ORGANO.-OFICIAt DEL GOBIERNO ECLESIASTICO DE LA DIOCESl·S. Ja ~gicsia Wunefüt. Puno, Agosto 11 de 1 !1!161'. · Animados de la rnn.s viYa satisfaccion publicamos por este número el digno oíi- , cio que PI Honorable Sr. Corrales l\Ielgar ha diria·ido 6. los ,Secretarios del Congreso, exponinudo las razoneB qnr. ]o obligan á separarse de urn Asamhlea qne tan mal ha ser,;ido y sjn·e. no decimos los interr.sPs de sus· eomit~ntes, sino los de los pueblos del Perú. El referido oficio ba venido ó demos..:. trarnos que no l'.ra el H. Sr. Pic!rolu. el único qne babia' concurrido ú la Constituyente, para trabajar, de buena fé, por el engrandecimieo lo nacional, sacrifican..- do, cuando así con,·inies~, las ventajas del aspirado banco del legislador antes da manchar su concie□ cia, al violar el solemne juramento que formulára ante Dios . y la Nacion. Separándose el H. Di pntado por la provincia de "Arequipa de la Camara que ha sancionado una Constitucion,' verdadero paclron de ignominia para sus autores, ha evitad.o, por esto mismo, que la provincia qu~ representa acepte esa amal--:- gama de leyes contradictorias que la Nacion entera ha rechazado sin ambages. Sí, los pueblos del Perú, á quienes se pretende imponer la nueva carta, monstrnoso enjendro de mezquinas pasiones, y casual resultado de victorias del momento, sabrán ser siempre, ésta es nuestra fundada esperanza, fieles á sus constantes y gloriosas tradiciones; y, no permita el Señor, que la espada del soldado se encargue de desgarrar hoja por boja, lo que se quiere llamar nuestro código político. A.h! cuán to mejor habría sido que los que ejercjan el tremendo poder de legislar, lejos de alterar lastimosamente las ideas para ofrecernos bajo el nombre de un mentido progreso lo que todos rechazamos, se hubieran propuesto traducir por leyes fundamentales las principales necesidades sociales. Entonces, con la conciencia tranquila del que se ha conformado con sus convicciones, sin estar anima.dos del apocado esp1r1tu de bandería, objetos de las bendiciones de los pueblos, podrían halagarse con la idea de haber contribuido al engrandecimiento nacional. Pero no, la Nacion á quien ellos nada deben, no tiene tampoco derecho de exijirles que trabajen por su bien estar y • progreso, y si es cierto que . se ban llamado sus representa1itrs, no lo es menos que ella, lejos de aprobar sus actos, no ha hecho sino tolerarlos, revelando su descontento con los éstallidos de la guerra ci·dl. El paTtido que ha dominado en ~] Congreso del 67 debe pues estar satisfecho do su obra, qne solo revela su . impoteücia v su aucfacia. Merced á ella, el Perú p~ede presentar orgulloso ante el mundo en tero una Constitucion en la que coexisten los artículos tercero y veinticuatro, y que revelan-ya pob~es plagios, ya dPc:;nlinadas originulidades, todo, menos equj lali-rns y justicieras leyes. EferliYamente, y apY'opiándonos las palabras de un célebre arlisla, podemos decir de la ya quizá proclamada Conslitucion, qne hay en ella-buenas y nuevas le_ye3-bunrns las que ha reproducido de sus antepasadas; y por contraposicion--nuevas-las que le son orifinales. Sjn darnos Cl-1.ento hemos hecho esta larga digresion, tra1cionados por la docilidad con que nuestra pluma obedece nuestras convicriones y sentimientos. Cesemos ya de ocupamos de la nueva ConstiLL~cion dPl Peru, que muy pronto recibirá• su merecido de nuestros mas distinguidos rsrritores, y volviendo -á nuestro · asunto terminemos rste, rindiendo á nombre de la Nacion al H. Sr. Corrales Mel- "gar rmestros mas entusiastas plácemes por su noble y digno proceder. En nuestro numero anterior han visto la luz publica los oficios referentes á la iglesia vice-parroquial de Polo, que reciente y suntuosamente aliñada esta en condiciones de poderse celebrar en ella los di vinos oficios. , Este felíz resultado, que se debe á la decision del vecindario de Poto, y con especialjdad· á la generosa y asidua cooperacion df'lSr. Coronel D. Juan F. Moya y de su respetable señora, no puede ser silenciado por nosotros qne desearíamos verlo repetirse en favo1· de los templos todos de la Diócesis. Quiera pues nuestro buen Dios que la cristiana conduela de los feligreses de Poto tenga muchos y célosos imitadores, y reciban ellos, por nuestra parte, nuestra humilde y cordial felicitacion. SEGGIOf~ OFICIAL. Dróc&sn:; DE Pu-so.-8ecretar-!a Epúcopal. -Puno, et 1.0 de Agosto de 1867. Al Sr. Vicar;io Foráneo de la Provincia de ..... . Sr·. V. F, , Con fecjJa 23 del próximo pasado Julio ha expediao S. S. Illrn.ª el Reverendo Obispo de la ,Diócesis el siguiente auto, que á la lethi dice: . «Santa Visílá de la Doctrina de San - ! Juan de Aré1Fhi á.~~rn de .Julio del año del Seüor de 186'.7 • ..;._Eucontrandose sin ren la alguna sufic1ente el Seminario Conciliar recientemene~ qeado en la capital de la Diócesis paP,t/ubgistir como corresponde, y siendo de, ipd~~pensable y absoluta necesidad sü cons~rvacion, porque en el debe formarse ,el.clero competente para el servicio de las parroquias, se ha resuelto por S. S. Illm. ª el B,. Obispo de la Diócesis que todas las fincas de las iglesias que 110 tienen curas propios y sean capellanías, se adjudiquen ad t-empus y mientras ,se verifiquen los arreglos debidos á dicho Seminario, para su conveniente establecimiento y sosten: En su virtud, desde el día deben abonarse por los conductores de las fincas Cuturi, Miculla, Soñate, Ccorpa, Unu-pampa, que pertenecen á esta iglesia de San Juan d6 Arapa 'como capelianias dt1 que disfruta el Cura inter actual, a dicho Seminario, quedando este con el gravámen de las cargas de la fondacion de ellas, para lo que se hará la corespondiente notificacion á quienes competa .., Asilo proveyo, mandó y firmó S. S. Illm. ª el Obispo mi Señor, de que certifico. =El Obispo. =IGNACIO FERNANDEZ =Secretario de Visita.)) Lo que trascribo á US. por mandato de S. S. Illm.ª, y á, fin de que despues de comunicarlo á los Señores Curas de su dependencia, se sirva remitir á esta Secre7 taria, previa notificacion de los actuales conél.uctores, un cuadro por el que se especifique el nombre, posicion, cánon anual, e individuos que al presente conducen las fincas, que estando en las condiciones del auto trascrito, se hallen ubicadas en esa su provincia . . Dios guarde á U. S. , FELIPE A. DE PIÉROLA. Secretario. -(Firmado.)
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