La Iglesia puneña : órgano del gobierno ecleseástico de esta diocesis/Título posterior : La Iglesia Puneña periódico semanal. órgano ofial del gobierno eclesiástico de la diocesis(desde N°37)/Título posterior: La Iglesia puneña: publicación eventual. órgano de dcoumentos, doctria y hechos (desde n°180) - Año Nº1-18,/Nº19 Ene 12/Año 2-Nº2/Año 1,Nº3/Año II-Nº 23-51/Año III Nº52-79/AñoIV Nº 80-99/100-116/ Año V-117-136/Año VI 137-148/Año VI Nº149-172/Año VII-Nº175-184

¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡.¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡;¡i'iiiiiiiii¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡.;¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡;¡¡¡¡;¡¡¡¡¡,¡¡¡¡EFiTii5i7¡¡;;¡¡¡¡¡¡¡·.-mr¡¡,;.;¡¡¡;¡¡¡¡iiaiiiii.,._;¡¡¡¡¡¡¡;,¡¡¡¡;¡¡iiim,,.¡¡¡¡,¡¡;¡¡¡.,¡¡¡¡;¡¡¡¡¡¡íiiiaiir:i,iiíq--.,-...,¡¡.,¡¡,;;¡¡;¡¡¡¡¡;;;:;¡¡¡¡¡iiimo__,~,_...,..,_~ - ,,,.. .... ~- .-~~ •¡ eee:o-~ ·.,.. -,':t:et"'~&W\ existe el hecho que reclama la ga"'rantía. Se preteüde nacionalizar á estrangcros industriosos) concediéudoles autes que salgan de su pais libertad religiosa, que no necesitan, como un motivo especial para abaudooar su patria? Sabido es, que en estos últimos tiempos ninguno ab:rndona ' su país sino es por motivos de conveniencia material, sino es en busca de un bienestar que en él no eucuentranJ HalJiendo en el Perú garantías para el trabajo y la industria) vendrian eslrangeros laborio&os y útiles con sus capitales y luces. Dictándose leyes sábias a este respecto se habrá conséguido ventajosamente ese fin, sin necesidad de conmover las creencias nacionales; mas cuando con el tiempo se aumente la poblacio11 estraogera protestaPleJ quiza se haga necesario proclamar h libertad religiosa; mi.éntras que al presente el insignificante número de aquellos buce inútil y sin aplicacion tal proyecto) porque echando una mirada á la di ven;idad de sectas que han na e.ido del protestantismo, apenas se encontrarán diez individuos de una congregaciou disidente, Y tal vez diseminados en los diversos puutos de la República: éstos por cierto no pueden constituir un cul to publico con sus Templos, sus minist ros y su propaganda. ¿Pa'ra qt1ie· nes se trnta, pues, de proclamar la libertad religiosa? ¿será para los actos que no reconocen u.n Dios? ¿para el deísta que no ad.. mite culto externo? ¿para el es túpido Chino que profesa un pngnoismo insensato? Si la le-y) para tener aplicacion ha de ser' la espresion de lasjdeas y de -los sentimientos de la nacion, claro es, E. S. J que el proyecto de 'que se trata es inadmisible y contrario al reposo de que tauto nececita el Perú para su progreso en el órden e~onómico, social y administrativo. No se crea, E. S.J qu~ esta representacion sea dictada por el ioteres del fanatismo, ni en apoyo á uua clase determinada. Consideraciones políticas de alguna trascendencia que divisan los qne suscriben á lo léjos como coosecueucias inevitables de una ley perniciosa) les han inducido á elevar su voz hasta ese sagrado recinto, haciéndose intérpretes de los sentirnientos de sus codepartarnentanos: por consiguiente) ruegan á los padres conscriptos para que no la desechen por ser ]a de una fracciou de la República, bajo el concepto de que ]es asiste un derecho de esperar de su sabiduria una Constítucion analoga a todas l~s citcu~stancias nacionales, y protectora de los mas sanos é inconmovibles principios7 capaces de elevar á la República á sus mas altos fines, á la sombra del Catolicismo, única religion que ha dulcificado l?s males de la humanidad, y la puede conducir al grado mas emineute de la perfoccion posible, cuya cualidad se empeña en negar obsti nadamente el exagerado racionalismo. Es juRticia que im ploran.-Recuay J Abril 8 de 1867 .-Excelentísimo sefior-Fernando Leiba (Parroco), t\Ianuel Gonzales y Cano (Presbítero), Domingo 'Antonie> Ames, Agustin Icaza, Pedro Laguna_, .José 17 . Calderon, Manuel E. Agüero, Francisco M. Cha vez, José M. Es- , pinosa, Valerio Gamarra, Juan F. l\Iaguiña, . José l\I. Huerta, Casimiro i\loreno, 1 Pedro G. Larragan, Jacobo Moreno, Hila rio Agüero. (Siguen muchas firmas.) En la Ciudad de Cnrhuaz, perte1iccie11lc á la provincia del Cercado, ed el dcpnrtamento d@ Ancacbs) a los diez y seis dias del mes de Abril de mil ochoóentos sesenta )' siete: reunida la honorable i.'tiuuicipalidud con nsisteucia e¡pontánea y numerosa de· las personas •uotables de ]a poblacion, il. consecuencia de la profunda alarma que ha producido en todos el debate y la votacion del artículo 3. 0 de ,la Constitucion política qae se trató de sancionar, y deseando los que suscriben expresar la opinion de la provincia sobre"la indigna conducta que han observado los representantqs de ella en aquella gravísima cuestion, acordaron: l. 0 Que los señores D. Pedro José Saaved ra y D. Celso Bambaren, recibidos eu el Congreso Constitt1yente como diputndos por esta provincia del Cercado de Huaraz, han sido los mas ardientes y blasfemos defensores de la li- , bertad de Cultos, contrariando los sentimientos católicos de esta poblacion, 'y procurando destruir la unidad religiosa que conser.»'a la nacü>n y desea perpetua r: 2. 0 Que las palabras pronunciadas por el Dr. Ilambarcn, á mas de haber h€rido pro- .fundamente nuestras ideas y sentimientos, han profanado los respetos venerables de lo~ Templos Católicos, llamandolos casas de comercio, y calificr1do la prohibicfon del CtJlto público con Jos~denig~antes nombres de ~úifame y criminal,~ concepto que no h@hria osado emitir el mas necio racionalista ni el obsecado ateo: 3. 0 Que el Dr. Saave<lra, que mnl puede representar la proviocin que no conoce, y en que no tiene víncufos de ninguna especie, ha present.ido una adicion, aprobado ya el artículo 3. 0 , para que se tolere la pluralidad de cultos, con tal de qhe los Templos sean de propiedad privada, con lo cual ofende el buen sentido de la .Asamblea, y prueba que trata persistir con sistemada tenncidad en sus desgraciadas creencias, que no son ni podrán ser nunca las , nuestras, ni de la desgraciada provincia que trata de representar: t1-. 0 Que el Dr. Bambaren, no contento 'con daüar nuestros sentimientos religiosos Y las creencias de su pais natal, se niega a pe• dir la reinstalacion de la Córte de Justicia de este Departamento, manifestando que no tie- , ne objeto ese Tribunal en pueblos pobres, ignorantes y desgraciados, y que gravarían si~1 fruto alguno el Erario: ·5. 0 Que con el objeto de que recaiga sobre la manifiesta cond u eta de esos representantes la justa sancion de esta proviocin, que no permite el ultrage de sus sentimientos, el quebrantamiento --de sus convicciones ni el abandono de sus interes~s, esta,blecemos el saludable precedente de negar nuestra confianza á los señores Saavedra y Bambaren, sin dejar de censurar y rechazar sus opiniones y votos en una cuestion de conciencia nacional, y que es de la aspiracion ínt_ima y elevada del Católico, la 'unidad de su Rehgion y ciilto: RESOLVEMOS: 1•0 Retirar, como desde· 1uego retiramos, los poderes con que, en n.ombre de esta provincia, funcionan en el Congreso Constitu- . yente los señores D. Pedro José Saavedra y n, Celso nambarcn, pidiendo que -cesen de hecho y que la Rep rcscntaciou ~nrional los separe en el dia ele su seno. 2 . 0 Que desde esta focha tcucmos por nulo todo rnto que emitan los expresndos scüores, y que sus opiniones hau sido ·y son opuestas á lo que piensa y desea est'l pro- , iocia. · '.3. 0 Q.n~ para hacer eficaz y notoria est.a nuestra resolucion, acordamos <liri;;ir la preseute acta al honorable señor diputado Dr. D. Pe<l ro A. del Solar, ú otro respetable, suplic·.ánd@le que la ponga en conocimiento del Congreso, y que en union de otros señores Representantes, procure hacer efectiva uuestra determiuacion, y ]a mande publicar en todos los periódicos de la capital, á fin de que conozca la Naciou cuales son nuestras conviceiones y el medio legítimo de que ha1 cernos uso para refrenar y correjir á los que . abusan del mandato de los pueblos. Firn~amos con este doble propósito.- Cayeta uo Figueroa, (Alcalde), José li'rancisco lUegia, Guillermo Cámara, Teodoro Pardo, Juan Crisóstomo Calvo, l\Ianuel Luis Torres Manue l Fidel Leon, Manuel Es¡)íritu Guardia' , ' . Francisco Javier Torres, l\Ia nuel Luis figue~ roa, Juan, Figueroa, Manuel E. Mendez, Bernardino Palnrn , Nicolás A. Ramos, José Matos, José Manuel Toro, José Sanchez,· i.\Íanuel Mendez, Sil verio Düiz, Justo Tarazona, Ignacio Montenegro, Locas Rodriguez, .Anselmo Palma, Jacobo 'Megia, Cayetano Noriega, José l\fegia Leon , mas Torres, Pedro Megia J<igueroa7 Pedro Santos Ramos) Lorenzo Ramos, Domingo Garcia y Villon, l\Ianuel C. Torres, José Guardia , JUa nuel Idalgo, Simon Rod riiguez, ·Pedro Leon, 1\gustin I\fogia, 1\Ielcho r Aquilino Paj11elo, :Facundo Guardia, 'l'adeo J\fegia Figeroa, l\lauuel iUegia Figueroa, lUanuel Esteban Roca, Esteban Diaz, Pauli.no Castillo, Esteban lUegia, Eusebio .BaITospi, Manuel Palomino, Santos Carnara, Manuel E. Ramos, Lorenzo García, l\Ianue l Ramos, Faustino Chavez,. Juan Le~n, Espíritu Alegre, Clemente Gonzales Leon, Juan Alfaro, Juan B. Obregon., Jos6 l\foria Alfaro, Rafael Maguiüa, Julian Cuellar, José Villon, Manuel Delfur de la Roca, Alejandro Meg-ia y Blanco) Pedro Gar-cia, Manuel Antonio Carrion, Manuel Ruiz, Santiago Cornejo, José Maria Nuñez, Manu~l Lazarte, :Frnncisco Milla, ·vidal de Paz, Tomás. Inga, l\Ianuel Suarez, José Alegre, Tiburcio Guerrero, Encarnacion Caballero. Toribio Dueñas, Fernando Nieto, Manuel Aranival, Tomas Broncano, Simou Rodriguez, Rudecindo Me-, gia, Manuel Chavez, Pedro Beruuy, Jacinto l\lendez, Manuel Rincon, Jesus Villon, San~iago l\Jendez, Pascacio C_orral, I\Ianuel Lozano, Romualdo Citrrion, Juan Camones, Pelipe ViIlam1eva, JUa nuel Olivos, Cármen Ilarnos, José Padilla, Pacífico Alfaro, Toribio Balbar, Agustín Rodríguez) Jacobo 13eram.endi, Manuel Gui~ marey, Pedro Cerrero, Juan Obregon, l\lauucl Ro<lriguez, l\Ianuel Alfaro, Ambrosio Rodriguez, (Si·giicn rnas firnu,1,~.J REPÚBLICA PERUAN~-Alcaldfo miinicipal-CarJii¿az, a 1H de Aori'l de 1867. Al Hon.ornble Señor Diputado al Congreso Constituyente Dr. D. Pedro A. del Solar, ó al Señor Presidente.

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