que se desencadenó entre «regalistas» y «comunitarios» de toda la región luego de que el ejército francés invadiera la península ibérica y capturara al rey Fernando VII, mi principal interés en ese capítulo y el siguiente es entender de qué manera el probabilismo modificó la individualidad en la población colonial del Perú y, a su vez, cómo influyó ese proceso en las maniobras de esta en el espacio público (Stoetzer, 1979; Morse, 1989; Villalobos, 1960; Levene, 1956; Giménez Fernández, 1947; Halperín Donghi, 1985). Esta historia todavía no se ha contado, y mi juicio es tan significativo como el otro. 39 Góngora (1951), Haring (1947), Sarfatti Larson (1966); Lynch (1992), Brading (ed.) (1984) y Burkholder y Chandler (1977). 40 Lynch (1958), Brading (1971), Moore (1966), Liehr (1971), Marzahl (1978) y Tovar Pinzón (1982). 41 William B. Taylor (1972), María Cecilia Cangiano (1987), Brooke Larson (1979), Nancy M. Farriss (1984) y Karen Spalding (1972). 42 Stern (1982), Spalding (1984), Gibson (1964), Borah (1983) y Bonnett (1992). Véanse todos los artículos incluidos en el libro editado por Ouweneel y Miller (eds.) (1990), y en Lavallé (1990). 43 Véanse también Ladd (1976, pp. 4-7, 17-18 y 56-62) y Lohman Villena (1967, pp. xv-xxxi y lxxix-lxxxix; 1947, pp. 655-662). 44 Véase también Barrington Moore Jr. (1966, pp. 415-420). Hay una reformulación y un desarrollo de este argumento en Downing (1991, pp. 11-13): «A lo largo y lo ancho de la Europa Occidental medieval, de Inglaterra a los países escandinavos en el norte, los marjales españoles (excluida Castilla) y las ciudades Estado italianas en el sur, a través de Borgoña, la Confederación Suiza y el Sacro Imperio Romano Germánico (excluida la Rusia moscovita), hay parlamentos responsables de controlar la política impositiva y las cuestiones de guerra y paz. Estos centros locales de poder limitaban la fortaleza de la Corona; contribuían a la existencia de sistemas judiciales independientes y el imperio de la ley, y garantizaban algunas libertades y derechos básicos a toda la población. El constitucionalismo medieval, donde sobrevivió, sentó los cimientos de la democracia liberal de los siglos xviii y xix». 45 Véanse también von Wobser (1994), Colmenares (1974) y Quiroz (1994). 46 Véase Mörner (1974; 1980). Según Esteva Fabregat (1988), los criollos de piel clara representaban el 5% de la población total y vivían sobre todo en las zonas urbanas de lo que hoy son México y el Perú. Los pueblos indígenas eran el 60%; en su mayoría vivían en zonas rurales del centro y el sur de México, América Central y las regiones andinas. Había un 30% de mestizos, distribuidos de manera más o menos pareja a través de toda la región. Los negros constituían el 5% restante y vivían principalmente en las islas del Caribe y la costa norte de Venezuela. 47 McCaa, Schwartz y Grubessich (1979) y Chance y Taylor (1979) repasan la discusión. Véanse también Flores Galindo (1983), Robinson (1990), Valdes (1978) y Cahill (1994). Góngora (1975) muestra que en la ciudad de Valparaíso, en 1777 y 1778, el 49% de las familias alteraron su identidad étnica una o más veces. 66
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