La formación de la sociedad civil y la democracia en el Perú

privaba de un lugar en la sociedad civil y reforzaba los límites raciales, étnicos y de género que dividían a unos ciudadanos de otros. La forma de gobierno de la Sociedad Médica era antidemocrática. En 1858, durante las elecciones presidenciales, los directivos de la asociación, reunidos a puertas cerradas y sin autorización de los asociados, se apropiaron la mayor parte del dinero de la tesorería y lo entregaron a un club político. Cuando los asociados se enteraron de lo que habían hecho sus dirigentes, la mayoría renunció a la entidad (El Comercio, 1858b). La agonía de esta se prolongó durante los siguientes tres años y medio: «el fervor pasó, las sesiones y trabajos llegaron a ser de muy poco interés; la Gaceta [Médica] se publicaba, con no poca irregularidad, y sus sostenedores eran muchos menos en número» (Fuentes, 1866a, p. 185). La conducción de la Sociedad siguió siendo autoritaria, pero las bases, como lo indica la respuesta que dieron, le exigían una rendición de cuentas, si bien cuesta saber si esto las convertía en demócratas. El Colegio de Abogados (1821), la entidad que reunía a los profesionales del derecho, se remonta al período colonial, aunque no tuvo mucha presencia pública en los primeros tiempos de la república debido a los recurrentes brotes de guerra civil que destruyeron la vida pública, y al faccionalismo extremo que esta situación provocó dentro del grupo. El colegio solo cobró verdadera vida a mediados de la década de 1860 (Arosemena Garland, 1947). En 1867, en uno de sus mejores momentos, la entidad tenía doscientos sesenta miembros aportantes, casi todos de la capital (Colegio de Abogados de Lima, 1867). Por lo común se negaba el ingreso a los abogados del interior, porque se decía que carecían de la formación apropiada. Los colegiados eran competentes, pero también sumamente corruptos: en palabras de uno de ellos, la «poca severidad [en el proceder] de los miembros del colegio […] demuestra que [en ellos] obran también ciertos estímulos que no son los de la imparcialidad y la justicia» (Fuentes, 1866a, p. 177). En todo caso, a juicio de un contemporáneo la entidad era «un cuerpo sin vida y próximo a extinguirse; sus miembros no se reúnen […]; sus ingresos son casi ningunos, y ningunos, en absoluto, los trabajos que emprende» (Fuentes, 1866a, p. 177). En la década de 1870 una nueva generación de abogados entró al Colegio (Camprubí Alcázar, 1957, p. 190; Amézaga, 1871)140. Ya no se requirió entonces que los colegiados pronunciaran un juramento de fidelidad a la Iglesia Católica ni presentaran un certificado de bautismo que probara que habían nacido de padres casados. La nueva generación 175

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