La formación de la sociedad civil y la democracia en el Perú

indígenas quedaron en lo fundamental libradas a sí mismas. Ningún ejército de funcionarios locales entraba a sus caseríos, y el hacendado local quedó reducido a ser el primero entre iguales. […] Durante este período, muchos resistieron en silencio las intromisiones de […] la sociedad hispana, y pocos dejaron o se preocuparon por dejar de ser indios (Gootenberg, 1991b, p. 145). A cambio de pagar un impuesto de capitación, los indígenas estaban autorizados a vivir en una burbuja o ficción sociolegal, que no era ni colonial ni poscolonial, ni autoritaria ni democrática, ni civil ni militarista, ni nacional ni étnica: solo comunitaria. En contraste con las utilizadas en Europa Occidental, las prácticas impositivas peruanas contribuyeron al desmembramiento de la nacionalidad democrática y la difusión de la no ciudadanía. Los afroperuanos recurrían con mucha frecuencia al sistema judicial para obtener la manumisión y equilibrar las relaciones de poder entre ellos y sus amos, y casi nunca adoptaban soluciones colectivas a su condición común. Los esclavos se interesaban en la libertad social y cívica, pero no en el ejercicio de la política. Se trababan con los amos en una lucha judicial en la que acusadores y acusados exponían su caso ante el «Defensor de Menores», con sorprendentes resultados; en palabras de un propietario, el defensor era su «mayor enemigo y el más terrible de los obstáculos. Por lo común acepta el más mínimo detalle que le cuente cualquier esclavo y lo admite como prueba […] contra el propietario. […] Si se le preguntara, ni un solo hacendado rechazaría esta afirmación» (citado en Aguirre, 1993, p. 65)105. Los esclavos tenían una opinión diferente del defensor; según las palabras de uno de ellos, consideraban su despacho como «el único refugio […] para escapar […] a la opresión» (citado en Aguirre, 1993, p. 190). El defensor tuvo un papel de especial importancia luego de 1839, durante el peor período del régimen autoritario, cuando el gobierno trató de reparar las relaciones de autoridad y restaurar la disciplina social en la vida pública (Távara, 1855, p. 19). Los casos judiciales se organizaron de manera «individual», y el defensor revisaba las pruebas en la privacidad de su despacho y se basaba en ellas para pronunciar una sentencia, un método que, por un lado, era relativamente eficaz para proteger los derechos individuales de los esclavos, al mismo tiempo que los despolitizaba y los desagregaba como grupo106. Elecciones, movimientos de masas y clubes electorales 118

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