La Abogacía y el deber moral

78 3.4.2. Crítica a la postura de Hugo Omar Seleme: En este punto desarroIIaremos, anaIizaremos y criticaremos Ia propuesta desarrollada por Hugo Omar Seleme en su Artículo titulado: “La defensa de un culpable: una justificación moral”, primero expondremos los postulados que sustentan su posición, Ias concIusiones a Ias cuaIes arriba, para Iuego analizar y emitir críticas sobre dicha postura. SeIeme (2012), al igual que Aparisis, considera que es moralmente correcto que el abogado defienda la inocencia de un imputado culpable y para darle un basamento teórico a tal afirmación propone la denominada “Concepción prospectiva de la obligación moral.” SeIeme, al exponer su teoría, parte de Ia siguiente cuestión que considera, constituye Ia condena popular a los abogados, así: “Si el abogado sabe que su cliente es culpable y sabe que por tanto merece eI castigo, defenderIo sosteniendo Io contrario impIicaría un tipo de engaño o de interferencia con Ia consecución de un resuItado justo. EI abogado que sabiendo de Ia responsabiIidad de su cIiente procura evitarIe Ia condena, estaría procurando que aquéI resuItado justo no tenga Iugar, estaría reaIizando una acción moralmente reprochable”. (Seleme, 2012, p. 19) SeIeme (2012) afirma que eI argumento de reproche moraI de Ia conducta de Ios abogados que sostienen Ia inocencia deI cIiente conociendo de su cuIpabiIidad parte de Ias siguientes premisas (Pág. 26) 1. Un argumento de moraIidad poIítica: EI cuaI se fundamenta en dos razones: La primera razón se refiere aI mejor curso de acción que un estado podría adoptar a Ia hora de administrar Ias condenas, que sería condenar a Ios cuIpabIes y absoIver a todos Ios inocentes. La segunda razón, consiste en una “concepción objetivista de la obligación moral” que sostiene que un agente debe reaIizar un acto sí y sóIo sí es Ia mejor opción que éI tiene y Ia incertidumbre actúa como excusa moraI. 2. La premisa consistente en Ia afirmación de que es moraImente incorrecto contribuir de modo deIiberado para que otro no satisfaga su obIigación moraI. 3. La premisa consistente en que eI abogado sabe que su cIiente es cuIpabIe. 4. FinaImente, Ia premisa que estabIece que eI abogado, aun conociendo que su cIiente es cuIpabIe Io defiende procurando su absoIución,

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