firmase un papel, cuyo contenido y efectos desconocía por ser persona sencilla. Jiménez incluso había firmado el documento en casa de José Domingo Espinar, agente diplomático del gobierno del Perú en Guayaquil, seguramente persona de confianza del general Agustín Gamarra que, con el apoyo de Chile, había derrotado en la batalla de Yungay, librada el 20 de enero de 1839, al general Andrés de Santa Cruz y puesto fin al fugaz experimento de la Confederación Peruano-Boliviana mediante un decreto del 25 de agosto de ese mismo año (cfr. Serrano del Pozo, 2016, pp. 187188; Wu, 1989, pp. 149-171; De Santa Cruz, 1841). Realizada esta confesión, Juan Jiménez solicitó además que se le dé por retractado solemnemente del dicho y hecho calumnioso: «Declaro, que cualquier defensa u otro alegato que parezca en mi nombre, no se admita en sentido alguno, sino en mérito de lo que expongo y justificaré en su caso, si desmiente mi libertad: por lo que a Ud. pido y suplico provea y mande como solicito por ser justicia que pido, jurando por Dios, nuestro Señor y esta señal de cruz + no proceder de malicia, y lo necesario para ello» (La Riva, 1839b)26. Una vez aclarado el asunto —en medio de la conmoción pública y desaprobación general—el presidente del jury preguntó si el acusador, el abogado Miranda en representación del general Santa Cruz, se desistía de la denuncia. Exigieron al tenor de su escrito que se llame al señor José Domingo Espinar, agente diplomático del Gobierno del Perú en Guayaquil, seguramente con la finalidad de confirmar lo confesado por Juan Jiménez; pues, tal como él contaba, fue en la casa de este diplomático en que había firmado el documento que lo llevaría a prisión (La Riva, 1839b). Luego de una breve conferencia, tres minutos para ser exactos, dirigió nuevamente la palabra el presidente al apoderado: «El tribunal resuelve, que el señor acusador diga terminantemente, que, en vista de la retracción presentada por el acusado, acusa o desiste». El apoderado del general Santa Cruz satisfizo la cuestión así: «Por la retracción del reo, aparece de víctima, un infeliz seducido, y queda visto el inmoral seductor, el infame autor del libelo. Se ve sembrando la inmoralidad en el país hospitalario que nos acoge con nobleza». Clara alusión a José Domingo Espinar, ministro del Gobierno de Gamarra. Llamando otra vez al orden al acusador, se le manifestó que no debía dirigirse sino contra la persona responsable ante el tribunal y que respondiese de un modo categórico sobre si acusaba o se desistía. Miranda 94
RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx