Justicia profana. El jurado de imprenta en el Perú

José León Barandiarán; el economista cusqueño César Antonio Ugarte; el abogado Ricardo Palma Román, hijo del tradicionalista Ricardo Palma Soriano; el geógrafo puneño Emilio Romero; el etnohistoriador moqueguano Luis E. Valcárcel; y el historiador tacneño Jorge Basadre—, a la vez que garantizaba la libertad de opinión y admitía la censura previa únicamente para los cinematógrafos y otras exhibiciones y representaciones públicas, proponiéndose, en un arranque de moralismo, el combate de la literatura obscena, optaba por eliminar los jurados para los delitos de imprenta, estableciéndose la jurisdicción de los tribunales ordinarios (Tribunal Constitucional del Perú, 2017, p. 151). La Comisión Villarán no dudó en darle un puntillazo al jurado de imprenta: El jurado de imprenta ha sido entre nosotros un total fracaso. Se halla en realidad derogado por el no uso. La prensa ha quedado irresponsable, y el delito de prensa se halla cubierto por la impunidad legal absoluta. Uno de los dolorosos resultados de esta anomalía es que los gobiernos, a falta de represión legalizada y judicial, aplican la represión arbitraria y administrativa (Tribunal Constitucional del Perú, 2017, p. 151). La Comisión Villarán, sin embargo, temía que los asuntos de imprenta fueran de conocimiento de los tribunales ordinarios: «No se aconseja dar a los jueces y tribunales comunes la potestad de juzgar los delitos de imprenta, si ha de quedar, como ahora, mal asentada la independencia de la magistratura, cuyo nombramiento y ascensos están, casi del todo, al arbitrio del Gobierno», decía (Tribunal Constitucional del Perú, 2017, p. 152). Lamentaba la comisión que la benignidad de los jurados de imprenta continuaba una tradición: «[…] la clemencia contra el escritor». Los jurados de imprenta «absolvían siempre, hasta el punto de haberse hecho hace tiempo completo abandono de ese inútil instrumento de represión». La Comisión califica el sistema de jurado como «una jurisdicción excepcional, exótica, equivalente a la impunidad». César Antonio Ugarte, colaborador de Villarán, formularía una constatación durísima: «Nunca los delitos de injuria y calumnia cometidos por medio de la prensa han tenido sanción. Han prevalecido siempre las sugestione interesadas, las timideces, las envidias, las influencias plutocráticas quebrantando la imparcialidad del jurado» (1921, p. 10). Villarán y sus colaboradores proponían finalmente acabar con el jurado de imprenta y adoptar el esquema de la justicia común: «La ley debe enumerar y clasificar con la precisión posible los delitos y dejar a los tribunales considerable amplitud para apreciar los motivos de exculpación 79

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