Un caso interesante es el planteado por Manuel Serna, responsable del Ministerio Principal de Marina del Sur ante la Junta de Censura. El funcionario colonial se siente «atrozmente ofendido» ante un artículo publicado en el número 23 del periódico Depositario, donde se acusaba al cuerpo de marina, que debía transportar a la tripulación de los buques de guerra, de embarcar y transbordar «a extranjeros de día y noche con el mayor desembarazo» (El Triunfo de la Nación, número 21, 24 de abril de 1821, p. 97). Serna denunció ante la Junta de Censura la publicación como calumniosa y exigió que se la comprenda en los alcances del artículo 4 del decreto de 1810, a fin de que pronuncie la detención y castigo a los infractores calumniosos (El Triunfo de la Nación, 24 de abril de 1821, p. 97). No obstante la promulgación de la libertad de imprenta y la cancelación del Tribunal del Santo Oficio, se observa cierta resistencia frente a la liberación de la imprenta. El propio virrey Abascal procesó por censura en reiteradas oportunidades al diario El Peruano (ver Martínez Riaza, 1984, pp. 149-179; Villanueva, 1989, pp. 153-164). Similar era la actitud de las entidades religiosas. El Triunfo de la Nación comentaba que, el 12 de febrero de 1821, cuando el general San Martín se hallaba ya en la costa peruana, el arzobispo de Lima prohibió la lectura de dos libros: El sistema de la naturaleza del citador y Las ruinas de Palmira (El Triunfo de la Nación, 23 de marzo de 1821)15. Hacia 1820, en la diócesis de Santander, se emitió una circular en la que se renovaban las penas de la inquisición contra los que no delaten a los lectores de los libros prohibidos (El Triunfo de la Nación, 23 de marzo de 1821, p. 54). Resulta evidente que la circular de los gobernadores se oponía tanto al decreto de las cortes del 22 de febrero de 1813 sobre abolición de la inquisición, como al decreto que establecía la libertad de imprenta y a la constitución de la monarquía. El Consejo de Estado declaró «que los referidos gobernadores de la diócesis de Santander se han excedido en sus facultades [y] que los gobernadores remitan a la secretaria de mi cargo todos los ejemplares de la circular» (El Triunfo de la Nación, 23 de marzo de 1821, p. 54). A pesar de la resistencia, lo cierto es que la sanción de los decretos proclives a la libertad de imprenta y, posteriormente, la Constitución de Cádiz, permitieron que emergieran en el Perú diversos periódicos, a saber, El Verdadero Peruano, El Investigador, El Peruano Liberal, El Peruano, La Gaceta de Gobierno de Lima, El Argos Constitucional, El Triunfo de la Nación, entre otros. Como es natural, los casos fueron procesados bajo los 33
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