instrucciones del juez titular, asumió jurisdicción en el caso y, como era previsible, dictó orden precautoria de captura contra la autoridad municipal. La detención preventiva no se justificaba y contrariaba diversos dispositivos el Código de Enjuiciamientos Criminales de 1862. Ante la recusación, el juez Vargas se inhibió. El accesitario Antenor Sáez tomó conocimiento del caso, pero «cual un lacayo, obediente a las instigaciones y direcciones de su superior Montes de Oca», prosiguió la causa penal contra el alcalde y dictó una nueva orden de captura en su contra. Indignados ciudadanos de Puquio, entre ellos Nicasio Arangoitia, A. Bendezú, Max Nanetti, Osías Bendezú, Adolfo Barrios, Emilio G. Ríos, Abel Herrera y Rosendo Bendezú, reaccionaban por medio de un escrito titulado «La justicia en Lucanas», aparecido a fines de 1911 en el número 57 del diario La Gironda de Ayacucho. Denunciaban que dicho proceso sumario se tramitó clandestinamente en ausencia del imputado y con declaraciones falsas, bajo «las inicuas maquinaciones del juez José Maria Montes de Oca» (La Gironda, 23 de diciembre de 1911). Durante el proceso, el juez Sáez rechazó todos los escritos de recusación presentados por la defensa de Luis Fernando Montoya, no obstante que habían causas justificadas para ello. Los cuestionamientos se dirigen, por otro lado, a un «asesor accidental» apellidado Mendoza, traído desde Coracora, «quien indudablemente por compañerismo o no sabemos por qué líos, lejos de dictaminar anulando ese sumario», expidió mandamiento de prisión contra un inocente (La Gironda, 23 de diciembre de 1911)57. Luis Fernando Montoya, a juicio de quienes lo apoyaban, era considerado un ciudadano honrado, cumplidor de sus deberes, padre de cinco niños que educados darían honra a Puquio, y cuestionaban que su nombre apareciera ante la sociedad como un criminal. En «La justicia en Lucanas» acusaban a los enemigos del alcalde «autores de exacciones y estafas» y hasta de «asesinos y ladrones». Del juez Montes de Oca, aseguraban que cometía frecuentes exacciones y prevaricatos. Los adversarios del juez señalaban que, no obstante que se confesaba y comulgaba todos los días, se exhibía ebrio e insultando no solo en las calles, sino en el propio templo (La Gironda, 23 de diciembre de 1911). Carlos Montes de Oca, en virtud de la ley del 12 de noviembre de 1823, en representación de su hermano el juez José María Montes de Oca, denuncia ante el «Honorable Consejo Provincial» (sic) de Lucanas, el escrito publicado en La Gironda, el mismo que adjunta como un líbelo infamatorio que desprestigiaba a su hermano. Se queja que le atribuyan, 208
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