reproducción en El Eco de Puno es un nuevo delito que, perpetrado en Puno, da jurisdicción al juez del crimen de la nombrada ciudad. Seaone se preocupa más de la justicia formal que de la justicia material. No advierte que la competencia de los jueces de derecho y de hecho en Puno es impracticable desde el punto de vista de la imparcialidad cuando una de las partes no solo es un poderoso hacendado, sino además un personaje de la judicatura local. De allí que se pronuncie a favor de declarar la nulidad del auto de vista, reformándose el auto apelado, de conformidad con los votos discordantes de los vocales superiores, Landaeta y San Martin, desestimándose, en consecuencia, la excepción declinatoria. Aunque a simple vista pareciera que mediaba una discrepancia grande entre el dictamen del fiscal supremo y el auto de la Corte Suprema, en realidad no es el caso. Es una diferencia solo de oportunidad. Así, mediante resolución del 13 de noviembre de 1911, los vocales supremos Elmore, Ribeyro, Eguiguren, Villa García y Eráusquin, por unanimidad en contra de la opinión del fiscal supremo Guillermo Seoane, estimaron que la declinatoria de jurisdicción interpuesta por el apoderado de El Eco de Puno, doctor M. Wenceslao Delgado, «significa la alegación de irresponsabilidad del editor de la reproducción de un impreso hecho en el periódico El Eco de Puno». Dicha alegación, sin embargo, a diferencia de lo que pensaba Seaoane, debía hacerse valer al tiempo de fallarse la causa y no antes. El caso, en consecuencia, debía retornar a Puno a fin de que sea conocido por los jueces de hecho, quienes debían pronunciarse si el memorial publicado en El Eco de Puno era una libelo infamatorio. 7. UN JUEZ CONTRA UN ALCALDE EN LUCANAS Luis Fernando Montoya, síndico de gastos y alcalde interino de Lucanas, enterado de un despojo de terrenos públicos que hiciera el juez de primera instancia José María Montes de Oca a la Municipalidad en Yanaccoca con el propósito de otorgar la propiedad de los mismos a don Adolfo Peñafield en virtud a una escritura pública fraguada, entabló una demanda judicial dirigida a paralizar esta irregular transferencia. El juez Montes de Oca, ante la franca oposición del alcalde transitorio, lo denunció por delito de desacato. Su objetivo era destituirlo porque lo veía como un obstáculo en su empeño por convertirse en propietario de unas tierras. Daniel E. Vargas, enemigo capital de alcalde Montoya, por 207
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