En vista de la posición política y social de los denunciantes, que se nucleaban alrededor del Concejo Provincial de Arequipa, institución llamada a determinar la composición del jurado de imprenta, daría la impresión de que el caso tenía todos los elementos para prosperar y lograr una condena del denunciado. Sin embargo, esto no ocurrió. El proceso cayó en abandono. El jurado no logró reunirse. Es interesante la esquela de citación remitida a uno de los jueces de hecho: Arequipa, 21 de diciembre de 1897 Sr. Juez de hecho D. Luis Ricketts Por 2ª vez me es grato convocar a Ud. para la reunión del jurado de imprenta que debe conocer de la denuncia del artículo titulado: Manifiesto publicado por el sr. Alcalde del concejo de Miraflores, en el N° 2032 de El Deber de 3 de octubre; permitiéndome llamar su atención hacia el artículo 39 de la ley de imprenta, recomiendo a Ud., su puntual asistencia a la reunión del jurado, que se verificara en el salón de sesiones de este concejo, el miércoles 22 de presente a las 3 pm. Dios guarde a Ud. El 3 de febrero de 1902, transcurrido cerca de cuatro meses, se mandó archivar el asunto, con cargo a poner a despacho si así lo requiriera el interesado (AMPA, expediente s/n, archivo fechado en Arequipa, el 3 de febrero de 1902). 30. LOS MIL SOLES DEL DIPUTADO Y EL IMPUESTO AL AGUARDIENTE El 11 de noviembre de 1898, en el número 6750 del diario La Bolsa de Arequipa, bajo el título de «Tambo. Nuevo impuesto a los alcoholes», se publicó un comunicado de los afectados por una desesperada medida financiera del Estado. Allí, los productores cuestionaban el proyecto que finalmente cobraría cuerpo con la ley del 31 de diciembre de 1898 dictada por Nicolás de Piérola. El aguardiente, rubro de vital importancia económica en la región, se vendía a siete soles el quintal y producirlo costaba de cuatro a cinco soles. Con el impuesto de un sol el quintal, la utilidad se reducía casi a la mitad. Cada fundo pagaba al Estado entre tres mil y cinco mil soles por dicho impuesto. Se produjo el colapso del precio del aguardiente y, finalmente, la extinción de esa actividad productiva. Abrumado el país con las cargas de la guerra, las obligaciones de la derrota y la necesidad de generar renta fiscal, se presentó en el Congreso 182
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