Inocencia justificada contra los artificios de la calumnia
(rl) . . .. teccdente, que . el Obisp~, .·~.instanchu del ~orregido~ ; .ºº:11úr:5 á n: Jau~tino Rivera enfa Co1111~1on contra}Aartwez,.. tt I9~ saFnlego~ rtg.s del insulto i'nferido . al CoadJut':)r Don Jt1an Josef Paionuno, re~o-lvi6 hacer la Vi,ica de fas Proviudas de Un1bJrnba, Cak~, y Vilt:tca1\1- 'ba acordando remitir los autos de é~ta causa á su fJrovisór D~ Juan An'ro11io Tristán, ya clifonto. Constará en ellos , que la competencia del cargo no foé Cli.trc eJ Corregidor, y el O~ispót sino entre aqu~I, }' su Provi~ót ya cita– ,¿0 : qne ni en tste., m despues de mucho .. uen:Pº . se . hall<? pre~emc eJ Obispo en fa C~udad del Cuzco... _De los .,mismos tarnb1enconsra... ,fá qne fue el Provisór,. y ~o ,el Ooispo" qmen d~ resukas del pr~– ceso 4:1ue ante ~i pcndrn, .hbro contr~ _e.1 Corregidor Don ,Antonio Atrfaia fa. Censtua , y de ellos rcsultlra 1gualn1cute> que nuncael Cor~ regidor represento al (?bispo, que ·. hu~kse. dad? cuema al . Snpe.riot Goviemo del Rey no, m menos Je h.uv1ese ofrec1do,algt1 na samfacc1on.. Ade1i1ás de fas rntlchas de111onsrrnciones que pt·actkó el Obispo en favor de fa recondliacion con Arriagaj cmno constan del Docu– m.cnto 2.9 1 bastab~n estos. hechos para que quedase á cubierto de fa. acusadon del cargo, pue·s· luviendo intervemdo privativamente en es– ta cmsa su P.rovi.sór , á quien por su mucha pdctica, acreditada prn• dencia, y proceder continuó en este lv1inisrcrio, de qnc J0 havia en... cargado el Cabildo Sede vacante, de ningttn inodo estaba obligado • ' .1 • ' • s· · b 1 . . ti Ol1hpo a üar san~s.4CC1ou. rn cm atgo,, aunque no u v1~to es- tos autos, que pidió con instancia, y sin efecto, como consta del Do– cumento 30,, ornidendo una prolix..A dis.cusion á. favor de los fimdan1c-n– tos que rnvo dicho Provisór, los qtte se producen en hs cepfas do *Pe!climenros del Pro111otor Fiscal, que cornponen el Docurnenro ; 1. 110 puede clex:a-r de hater algunas consideraciones , que :apoyan la n:inguna patte que ptidierón tener en las tt:ubadones déspu~s . ,acaed:.– da~ aquellos procedimiento~ judidales.. Y r.or , lo que hace á l:r com.., petencfrt , es constante qt1e _este asi1nto foé remirido por vfa de. fücr– za á la Re.al Audicnda: de Lima, de donde füé devuelto varías ve~ .~es en .d!s~o~dfa .~ sin qué, hasta ~h<;>ra ést,a se haya dii;i~11ido; lo qnc pn1eha su, ,dispma , que -d Provls.or obro con arreglo a d~recho 1 .de que hacen supuesto fas mismas discordhs de los Magistrado, . Reates~ ···• . .Pero como no perdona camino la nulicia de tos Enemigos del Obispo 1 para dar mayor colorido á la maligna idea, .de que aque-- 1[o! procedindemos ha1'fan sido unos verd1deros preludio~ de la rt• lDelion sucedida désptte~ de Tupa..t\mato 1 resolvforot1 enviar á. S.M. 'aquellos autosio En dlos se vé., que la Censúra fulminada coutra d :~o.rregidor .. tüé .. en él m~sde JuHo~ Y, que . su ·. desiisuada m11erte, prlnJ c1p10 de aquella segtl'ndá conspirado11, ·ac(eció á prirneros de Noviem-- · b.re, en cuyo intermedio de.tnno selnantuvo en su Provincia, cobran- d t j • ,, . o ya po~ · si , ya por. sus Tenientes, hasta los uldn1os terd.os de los :~ea.l~s . tribu ros ., y preculiarcs iotereiés .de sus rep:nthnit!.ntos, sin que !e dtes~. á }Uf, el . mas le.ve in~kánte ,de Rebelion. ~ Y despues de .~~s~o.s_ ffl!l~Jet(;)s habd qttien diga . toda v.ia ~ que u1·vo origen en ft>t '])toceduni~nt?~ d~l l'rovhór en defensa· de su Jufr'dkdon 1 At1n quart• do sus l,rov1denc1as hubiesen sido injustas " y del todo contrarias i fa\ dechi~nes _ Canoni~is y Reales ¡ f(Jtlé irfluxo se Jes 12ucde átri- -~mt i fílf\~~~~!,~1~nte }Jl~i?P~P, e9 1A -~,pb,l~vadonJ,_t qt1,ttR~tte fUV() en ~itas --pr:ouaendas el Co.t~egrcio>;" •de Ji; Pro,tin,ia de ~cba,ant~. 1 y ex,• fC4!
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