de la raza predominante en la composición de nuestra nacionalidad».238 El mencionado letrado mantiene una propuesta distinta a la que se vertió en la comisión. Para esta, la tutela del indígena debería recaer en las manos del Ministerio Público, mientras que, contrariamente, Uceda es de la opinión que el Ministerio Fiscal no siempre puede llegar a ser defensor de los indígenas puesto que en materia penal, cuando un indígena sea acusado, sería no su protector sino su acusador, de acuerdo con el artículo 275, incisos 1 y 4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1912. Para Uceda la única solución viable según las leyes vigentes es la creación de un nuevo órgano de tutela del indígena, basado en procuradores o defensores.239 Variadas fueron las opiniones de los abogados consultados respecto de la incapacidad relativa del indígena analfabeto. El abogado limeño Pedro Irigoyen, aun cuando estaba de acuerdo con la propuesta, también opinaba en forma favorable para conceder al indígena una incapacidad absoluta al tratarse de la transferencia de sus tierras. Para Irigoyen, los indígenas podrían hablar castellano con sus compradores y luego frente al juez no hablar castellano, por lo que allí resultaba difícil probar ese conocimiento. No obstante, ello consideraba que la incapacidad absoluta debía comprender al menos la enajenación y gravamen de los bienes raíces que debían ser inembargables e intransferibles. El abogado piurano Francisco Urteaga se opuso a la propuesta, asegurando que esta interdicción civil para los indígenas no reportaría las ventajas que se esperan, puesto que los indígenas defendían su propiedad de las manos de los grandes terratenientes, frente al abandono que sufren del poder público, aun cuando no sepan leer ni escribir. En opinión del fiscal Francisco Samanamú, la incapacidad relativa del indígena se encuentran «en conformidad con la sana doctrina establecida y adoptada por la mayor parte de las legislaciones».240 El abogado cuzqueño Wenceslao Mujica recusa la incapacidad relativa del indígena porque cree que es un medio de aislar a los indígenas, puesto que también en la raza blanca hay analfabetos. Para el cuzqueño no hay relación entre discernimiento, que es fruto de la madurez, y saber leer y escribir, ya que el no saber leer ni escribir no es síntoma de inmadurez. Así se expresa: «No porque el indio no hable castellano le falta discernimiento para distinguir las cosas; no porque no hable castellano, su desarrollo y funcionamiento intelectual sea deficiente ni nulo». Afirma Mujica: «Es muy laudable que los señores de la comisión y todos, sintamos la 79
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