Historia del Derecho Civil peruano. Siglos XIX y XX

Internacional Americana, convocada por el Secretario de Estado Mr. Blaine, cuando muchas de las materias contempladas en el congreso limense y la exposición de motivos de Antonio Arenas fueron incluidas en la ley y en el reglamento promulgados por el Poder Ejecutivo de los Estados Unidos. Adviértase que el coloso del norte había sido renuente a participar en esta clase de eventos, por lo que la aparición del moderno Derecho Internacional Privado y su ulterior desarrollo se explican, en gran medida, por el consentimiento e interés de esa potencia mundial. Como anécdota podemos mencionar que cuando la Unión Americana fue invitada al Congreso de Jurisconsultos, el Secretario de Estado de entonces, Hamilton Fish, expresó, irónicamente, en su nota de contestación a la Cancillería, cumpliendo con la orden que le había impartido el presidente de su país, Grant, «que aun cuando algunos de los puntos sometidos a su consideración se estimen como más o menos de desear, otros existen que ni son de desear ni de conseguir».131 En este mismo año de 1889 el interés por los derechos intelectuales seguiría en aumento, como es de verse en el «Acuerdo sobre propiedad literaria y artística» al que le acompañara la Convención de Montevideo del 11 de enero de ese mismo año, amén de una serie de documentos que se firmarían con Italia y España. La historia del Derecho Internacional Privado para el Perú en el siglo XX prosigue en 1906 con la «Convención Consular con Bélgica». Al año siguiente, en 1907, con la «Convención con EE.UU.», a la que luego seguiría un importante avance en los derechos de autor con la «Convención sobre propiedad literaria y artística» realizada en Buenos Aires el 11 de agosto de 1910. A este desarrollo por parte de los Estados en cuanto a los derechos de autor le seguirían los avances en cuanto a los derechos industriales en 1911 con el «Acuerdo sobre patentes y privilegios de invención».132 Sería también importante para la Comisión conocer las fuentes del Derecho Internacional Privado a través de la recopilación que haría el diplomático Alfredo Benavides en su «Colección de Actos Internacionales» en 1915. Preocupados los gobernantes por los acontecimientos bélicos que se sucedían en Europa entre los años 1914 y 1918, no siguieron las reuniones durante un tiempo, para continuar con la formulación de directrices en 1919, que publicaron en las «Convenciones de la Conferencia Internacional del Trabajo». Cabe señalar que estas convenciones servirían de fuente para la Comisión Reformadora hasta el año de 1935. Por su lado, el sector de los derechos industriales también tuvo su participación con la «Convención sobre marcas de fábrica y de 45

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