las Américas, en palabras del ministro José Julio Rospigliosi, para quien con el acto de instalación del Congreso de Jurisconsultos se acometía «la muy gloriosa empresa de fundar la solidaridad jurídica de la raza hispanoamericana».126 Las sesiones, a las que asistieron delegados de la Argentina, Bolivia, Colombia, Chile, Ecuador, Guatemala, Honduras, Uruguay, Venezuela y Perú, tuvieron una duración excepcional, dado que se iniciaron el 13 de diciembre de 1877 y continuaron hasta el 2 de marzo de 1881, siendo documentadas por Ricardo Aranda.127 Tres líneas de trabajo orientarían el programa: El Derecho Internacional Privado, el Derecho Mercantil y la extradición. Se trataron también aspectos relativos a la regulación de los correos y el sistema de pesos y medidas, y al espinoso tema del arbitraje internacional en caso de disputas entre Estados. El Congreso de Jurisconsultos avanzó en la elaboración de un texto que constituiría un tratado de Derecho Internacional Privado. Antonio Arenas, representante del Perú y presidente de la Asamblea y de la Comisión encargada de uniformar las legislaciones civiles de las republicas americanas, alcanzó en diciembre de 1878 ese documento, dividido en ocho títulos que se referían a la ley que debe regir el Estado y la capacidad jurídica de las personas, a los matrimonios celebrados por extranjeros en la República, a la sucesión, a la competencia de los tribunales nacionales, a la amplitud de la jurisdicción nacional, a la ejecución de sentencias y otros actos jurisdiccionales, a la legalizaciones. El jurista y político limeño Antonio Arenas entregó también un documento esencial para reconstruir el rumbo del Derecho Internacional Privado en América Latina: la «Exposición de los motivos del Tratado para establecer en América reglas uniformes sobre Derecho Internacional Privado».128 Desgraciadamente, el tratado de Derecho Internacional Privado no sería ratificado por otros Estados, salvo por el país anfitrión, el Perú, el 29 de enero de 1879. Quedaron en el tapete un proyecto sobre letras de cambio, sociedades, falencias y privilegios. La declaratoria de guerra de Chile contra Bolivia y el Perú y la posterior ocupación del territorio nacional no solo conmocionó al Congreso de Jurisconsultos, que postergó su funcionamiento, sino que el 2 de marzo de 1881 se vio precisado a suspender sus sesiones.129 Años más tarde, en 1888, el Congreso Sudamericano de Montevideo, ahora con la presencia del Brasil, que había declinado las invitaciones de Lima, recogería la herencia del Congreso de Jurisconsultos de 1877.130 Esa misma proyección ocurrió en Washington, en la primera Conferencia 44
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