moral tiránica», «las segundas nupcias, consecuencia de la disolución del vínculo, son menos peligrosas y fatales para la prole, que los escándalos que preceden y las relaciones concubinarias que generalmente siguen a la separación de los esposos»; el divorcio incompleto es «una institución falta de sinceridad, cuyo fundamento es una ficción absurda», pues «si el amor desaparece no hay vínculo posible»; «el divorcio débese también a hechos fatales, como la enfermedad contagiosa o la condenación a la pena infamante, y en estos caso es el interés social el que lo impone». Oliveira, al fin y al cabo, un abogado inteligente y un político avezado, se coloca también en el caso (que finalmente se dio) que se dicten leyes divorcistas. Bajo esas circunstancias, piensa que debe imponerse una regulación restrictiva y lenta del proceso, fomentando siempre la reconciliación. Al mismo tiempo, para meditarlo mejor, es preciso exigir a los cónyuges un tiempo prudente después de celebrado el matrimonio para iniciar la demanda. En ningún caso podría obtenerse directamente el divorcio si no se logra primero la separación de cuerpos. Debía prohibirse, por otro lado, la confesión y el juramento decisorio. Nadie podría contraer nuevo matrimonio, sino algún tiempo después de la sentencia de divorcio y, curiosamente, sugiere que se prohíba divorciarse más de una vez. Se manifiesta, así mismo, en contra del mutuo consentimiento, la causal de incompatibilidad de caracteres, y el abandono voluntario del hogar por parte del marido o cualquiera otra causal, que dé lugar a una prueba fácil y rápida.416 Otro de los comisionados, Manuel Augusto Olaechea, a su vez, no simpatizaba tampoco con la idea de promover el divorcio. Para el jurista, el matrimonio asienta las bases no solo de la familia, sino de la sociedad y el Estado. En tal sentido, una ley que permitiera que esas bases se resquebrajen sería condenar a la nación a la destrucción. Olaechea insiste en conveniencia pública del legislador para mantener la indisolubilidad del matrimonio. Ese interés descasa en el carácter religioso de nuestro país. Alarmado cita a Planiol quien aseguraba que con la reintroducción del divorcio en Francia en 1884, llegan los tribunales de París a dictar 270 sentencias en un solo día.417 Alfredo Solf apoya la posición de Oliveira de considerar como principio básico la indisolubilidad del matrimonio. «Reconozco —explica el comisionado— que la tendencia legislativa, movida por el sentimiento popular, es a admitir el divorcio, pero no hay duda también de que tal razón es la más débil para el estadista, y que si ella bastara la lógica 135
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