emergencia, hasta comprometer la estabilidad del matrimonio y convertirlo de hecho en una triste situación de ensayo», sostiene con ahínco.406 Más aún, a su juicio, «el divorcio implica involución, puesto que por su medio se restablece en realidad la poligamia; contra el principio sociológico que, al decir de Spencer, ha consagrado el matrimonio monogámico como la postrer forma de la evolución de la institución familiar».407 El código de 1852 definía al matrimonio como la unión perpetua e indisoluble en una sociedad legítima entre el hombre y la mujer, para hacer vida en común, concurriendo a la conservación de la especie y que acaba solamente con la muerte de alguno de los cónyuges (artículos 132.º y 134.º). Esta norma era de orden público, puesto que no podía establecerse la disolubilidad mediante un pacto entre los contrayentes. Esta doctrina seguía de cerca el sentimiento católico del pueblo peruano, fiel a la tradición española. En consecuencia, el divorcio, como no podía ser de otra manera, fue la mera separación de los casados y dejaba subsistente el vínculo matrimonial (artículo 191.º). El principio de la indisolubilidad del matrimonio, al entender de Toribio Pacheco, «se funda tanto en el carácter religioso del matrimonio, cuanto en su esencia de sociedad para toda la vida, consortium omnis vitae, en virtud de la cual los cónyuges se pertenecen recíprocamente y sin limitación y pertenecen a los hijos sobre cuya conservación deben velar incesantemente y cuya suerte sería precaria y sujeta a mil contratiempos, si el vínculo matrimonial, una vez contraído, llegará a disolverse».408 Oliveira en su famosa Memoria del 31 de octubre de 1923 asume una posición antidivorcista militante: «Aquellos preceptos, que nuestros padres establecieron, debe conservarlos la generación de hoy, en virtud de altas consideraciones de orden social».409 A su juicio, tras apoyarse en los argumentos del jurista español Sánchez Román, «para el sano sentido jurídico de nuestra raza las notas de perpetuidad e indisolubilidad del matrimonio son su requisito sine qua non».410 Oliveira no solo apela a consideraciones religiosas y morales, sino que hace uso de datos historico-jurídicos y estadísticos. En ese sentido, entiende que para el conocimiento de la realidad pasada se aprovecha la historia del Derecho y para el conocimiento de la realidad presente se emplea la Estadística. En el primer caso se apoya en el cristianismo que habría reformado moralmente a la humanidad y el Derecho canónico «alma del sistema matrimonial». Su discurso busca sustentarse en la 132
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