religiosa solo está plenamente garantizada allí donde el Estado trata en pie de igualdad a todos los cultos.392 Finalmente, la Comisión votó a favor de la dualidad de las formas matrimoniales, la religiosa para los católicos y la civil para los no católicos con duplicidad de jurisdicciones, dejando al clero resolver sobre los asuntos matrimoniales que correspondan al sacramento y a la judicatura seglar los asuntos patrimoniales del matrimonio. Puesta al voto en la sesión del 23 de setiembre de 1925 la propuesta de Oliveira de considerar el matrimonio civil obligatorio fue desaprobada por tres votos —Calle, Olaechea y Solf— contra uno del propio.393 El proyecto del código civil de 1936 que redactara la Comisión de Reforma fue entregado al Poder Ejecutivo el 17 de marzo de 1936. Dos meses después, el 29 de mayo, el Congreso expidió la Ley N.º 8305 que autorizaba la promulgación del código civil previa revisión de una Comisión creada al efecto. Esta Comisión Revisora tenía empero la facultad de introducir reformas en el texto salvo las disposiciones sobre el divorcio vincular y del matrimonio —civil y canónico— que deberían quedar inalteradas.394 Diómedes Arias Schreiber comentaría que el «espíritu del código de 1936 más inclinado que la letra a los principios religiosos y morales que cimientan el matrimonio, ha encontrado la comprensiva y leal cooperación del episcopado nacional». El artículo 292 del código civil «rinde homenaje a la santidad del sacramento cuando declara que sus disposiciones no se extienden más allá de los efectos civiles del matrimonio y que ellas dejan intactos los deberes que la Religión impone».395 4.2. El divorcio vincular en el Perú: «una planta sin raíces» El párroco de la iglesia de San Marcelo, presbítero y declamador, Abraham José del Rosso (Callao, 1872-Lima, 1920), elogió la decisión de Leguía de observar la ley de divorcio con deslucidos versos: Porque Patria con leyes sin civismo, Leyes sin Religión, Con leyes que les dicta el ateísmo ¡Esa no es patria… ¡ni esas, leyes son! Y la ley del DIVORCIO que, al presente, A la Patria amenaza, 129
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