Historia de la emancipación del Perú: el protectorado

550 GERMAN LEGUIA Y MARTINEZ fecha inclusive del decreto, serían por el gobierno consideradas nu– las y de ningún valor. XIV El 30 de octubre se expidió un nuevo reglamento de clases y grados, en que se reducía la serie de éstos a la siguiente escala, que modificó en mucho la entonces adoptada en el ejército español: sub– teniente o alférez, teniente, capitán, sargento mayor (graduado y efectivo), jefe de escuadrón o de batallón (comandante), coronel, general de brigada (antiguo brigadier), general de división (antes mariscal de campo), gran mariscal (antiguo teniente general) y ca– pitán general (4). El mismo reglamento determinó los distintivos correspondientes a cada clase o grado; cosa hecha ya, provisionalmente, desde Huau– ra, en resolución del 17 de marzo. Nada exigía variación tan inme– diata; pero es lo cierto que, a renglón seguido, cayó una verdadera lluvia de disposiciones sobre materia tan fútil, que acusaba la pe– queñez y banalidad de los asuntos en que se detenía y complacía la ficticia actividad de los hombres de la época, con absoluto olvido de necesidades más urgentes y evidente perjuicio de sus deberes primordiales. Y, en efecto, no sólo se estudió con tesón, se calculó con esmero y se detalló con femenil minuciosidad, todo lo referente a diseños y trazos, bordados y fajas, palas, presillas y charreteras, sombreros y plumas, bocamangas y bordados, borlas y galones, ca– sacas y solapas, cordones y cuellos, listas, botones, ojales canelones, cabos, bastones, tiros, espadas y demás pigricias, aparatosas del ejército; sino que se perdió lastimosamente el tiempo y se impuso gasto superfluo e inmoderado a multitud de infelices, haciendo lo propio con todas y cada una de las dependencias administrativas, como si la Magdalena hubiera, a esas alturas, estado para tafetanes. Y, así, en 15 de agosto, se decretaron los distintivos del Protector, de los ministros de Estado, oficiales mayores, autoridades y emplea– dos subalternos; el 20, los de los edecanes y ayudantes de gobierno; el 23, los de los conductores o portapliegos; el 27, los de los emplea– dos de hacienda, presidente y vocales de la Alta Cámara de Justicia, (4) La ley del 11 de abril de 1823 abolió la clase de capitán general y de– claró que el grado de gran mariscal de ejército sería en lo sucesivo el último de la escala militar. El mariscalato fue, a su vez, suprimido por ley; de modo que, en el día, tenemos por grado militar máximo el de general de división (*). (*) Rectificar esto (Mariscal Cáceres).

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