Historia de la emancipación del Perú: el protectorado
532 GERMAN LEGUIA Y MARTINEZ XXV A fin de que "la humanidad, que tanto tiempo había sido ho– llada en el Perú, reasumiese sus derechos bajo la influencia de leyes justas, a medida que fuera renaciendo el orden social"; para "des– arraigar abusos que degradan la dignidad del hombre"; y conside– rando que "las penas aflictivas, que con tanta liberalidad se impo– nían, sin exceptuar sexo ni edad, lejos de corregir al que las sufre, lo endurecen en el crimen, haciéndole perder enteramente todo pu– dor y aun la estimación de sí mismo"; se abolió la pena de azotes (13); se declaró que ''sería considerado como enemigo de la patria y castigado severamente, el juez, el maestro de escuela o cualquier in– dividuo que aplicara semejante castigo a una persona libre"; y se prohibió que los amos azotaran a sus esclavos "sin intervención de los comisarios de barrio, o de los jueces territoriales, so pena de per– der el esclavo que legalmente probara haberse infringido tal dispo- . . / ,, SlClOn • XXVI Por fin (3 de enero de 1822) abolióse también la pena de horca, disponiendo que "los desgraciados contra quienes la justicia pro– nunciara el fallo terrible, fuesen fusilados indistintamente"; y que "los condenados a muerte por los altos crímenes de traición o se– dición, fueran ejecutados del mismo modo, con la diferencia de ser puestos en la horca sus cadáveres, para hacer más impresivo su castigo". XXVII Gran paso se dio, con el decreto de 17 de octubre, relativamente a la condición legal de los extranjeros. Bien conocido es el sistema que, sobre este punto, imperó bajo el régimen, absorbente y cuasi teocrático, implantado por España en sus posesiones de América, temerosa de perderlas por el más insignificante contacto con los hijos de otras naciones. Cualquier apoyo, aunque interesado, natural, prestado a las colonias hispanas de este continente, con miras a su ocupación industrial y a su explotación mercantil, habría, en efecto, concitado la emancipación más o menos inmediata, o traído una apropiación violenta por parte de potencias poderosas, según ocu- (13) Decreto del 16 de octubre, Gaceta del Gobierno, N"' 30.
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