Historia de la emancipación del Perú: el protectorado

PRIMEROS ACTOS DEL PROTECTORADO 525 XXI Los indios fueron objeto de especial solicitud. Por decreto del 27 de agosto, fundándose en que ''la razón y la justicia habían reco– brado sus derechos en el Perú, y por tanto sería un crimen permitir que los aborígenes permanecieran sumidos en la degradación moral a que los tenía reducidos el gobierno español, ni continuaran pagando la vergonzosa exacción que con el nombre de tributo les fue impues– to por la tiranía como signo de señorío" -y agregando que el Protec– tor era así consecuente con la promesa formulada en una de sus pro– clamas del 8 de setiembre de 1820- declaróse "abolido el impuesto que, bajo la referida denominación de tributo se había satisfecho has– ta entonces al gobierno español"; se prohibió a las autoridades "co– brar las cantidades cuyo pago debiera haberse hecho hasta fines de 1820, correspondientes a los tercios vencidos del tributo"; se ordenó que "los comisionados para la recaudación de aquel impuesto rindie– sen, ante la presidencia del respectivo departamento, cuenta de lo percibido hasta la citada fecha"; y se dispuso que en lo sucesivo los aborígenes no fueran ya denominados naturales ni indios, sino pe– ruanos, como que eran "hijos y ciudadanos del Perú" (10). Al día siguiente, 28 de agosto, "siendo un atentado contra la na– turaleza y contra la libertad el obligar a un ciudadano a consagrarse gratuitamente al servicio de otro", pronuncióse la ''extinción de los servicios que los peruanos antes conocidos con el nombre de indios o naturales, hacían bajo la denominación de mitas, pongos, enco– miendas, yanaconazgos y toda otra clase de servidumbre personal"; se declaró que "nadie debería forzarlos a servir contra su voluntad"; y se impuso la pena de expatriación a cualquiera persona, eclesiás– tica o secular, que contraviniese a la prohibición ( 11). XXII Por lo que hace a los negro~, sumidos casi todos en la esclavitud, en número que, según estadísticas de la época, llegaba a cuarenta mil, el Protectorado dictó disposiciones ciertamente notables, con– cordes en un todo con los avances que a la sazón habían realiza.do los sentimientos de humanidad; con la justicia de los principios declarados por la revolución de 1789; y con los ideales y propósitos que daban base, explicación y prestigio a la causa de la emancipación de América. En decreto del 12 de agosto, pronuncióse la llamada (10) Gaceta cit ., núm. 11, del 29 de agosto de 1821. (11) Gaceta id., de id. id.

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