Historia de la emancipación del Perú: el protectorado
CONTRAPUESTAS Y MORATORIAS 293 patriota y los diputados de la Junta de Pacificación, ya entre aquél y los cabildantes designados al efecto; hasta se cruzaron comu– nicacione.; directas entre San Martín y La Serna (;15). tivos de la opinión del Excmo. Sr. general D. José de San Martín, sin respon sabilidad alguna sobre la observancia de lo pactado. ¿Cuál es, ahora, el fun– damento de la sorpresa de los Sres. DD. del Excmo. Sr. D. José de La Serna? ¿Han desistido por ventura los que suscriben del cumplimiento de lo estipu– lado por la autoridad de que dependen SS.SS., luego que se asegurase que no variaría el objeto de dicho artículo? Los que suscriben reclaman, en el particu– lar, el juicio del hombre imparcial, para que analice y decida.- Existe, sin embargo, en el Excmo. Sr. D. José de San Martín, un sentimiento, para resol– ver la presente cuestión, superior a todos los subterfugios de la etiqueta, que parece se hubiese propuesto cruzar sus designios. - S .E. se prestó con el candor de un general honrado, y como un amigo del pueblo de Lima, a ratifi– car el art? 3? del armisticio, consintiendo la introducción de víveres en la forma acordada; y los que suscriben, conformándose con las ideas de su ge– neral, manifiestan, en contestación a la nota de ayer, que entrarán, con los señores diputados del Excmo. Sr. D. José de La Serna, al arreglo de la can– tidad y calidad de víveres para el auxilio del pueblo de Lima, conforme al art. 3? y, aunque se han traslucido ya las disposiciones hostiles del Excmo . Sr . D. José de La Serna, dejan a su buena fe el cumplimiento de lo estipulado entre ambas diputaciones; y al mundo, a que compare y juzgue.- Los que suscriben tienen el honor de renovar, etc .- Firmas y dirección''. (15) !.-"Convenido, en el art?. 3? de la prórroga del armisticio ajustado en Miraflores el 12 del corriente (entre los Sres. DD. de V. E. y los míos, que se permitiría la introducción de víveres en esa capital, conforme al tenor de dicho art. por consideración que he tenido a ese virtuoso y desgraciado pueblo - me es muy sensible que, después de haber manifestado al diputado del Excmo. Cabildo, D. Miguel Antonio Vértiz, repetidas veces, cuál era mi deseo respecto al modo en que debía hacerse la entrega de víveres, y quién debía recibirlos, esté aún pendiente el art. 3?, y el pueblo padeciendo esca– seces, por no haber accedido V.E. a que el Excmo. Cabildo no responda dt:· la distribución de dichos víveres .- Pero si, por haber entendido V.E. que mi pretensión tiende a eclipsar la buena fe que merecen sus promesas, cuando sólo me he propuesto salvar mis responsabilidades ante el público, se insiste en la oposición al objeto indicado; declaro que estoy pronto a permitir la introducción de dichos víveres para el consumo diario de esa capital (en los días de la enunciada prórroga, y en las cantidades que estipulen ambas dipu– taciones), siempre que V .E me responda, como presidente del Excmo. Ayun– tamiento, que los víveres que entren serán distribuídos al pueblo por esta corporación, en la forma que la misma estime por conveniente, no habiendo tampoco dificultad, por mi parte, en que el soldado que ocurra al mercado pueda comprar libremente, como cualquier ciudadano, lo que se venda de aquellas provisiones; y mucho menos en que se destinen las raciones necesarias de arroz y harina, para los señores oficiales y los soldados enfermos del ejér– cito del mando de V . E . ; porque, al fin, esos infelices, en su estado, de insa– lubridad, dejan de ser mis enemigos.- Dios gde. a V.E., m.a.- Junio 24 de 1821.- José de San Martín.- Excmo. Sr. general D. José de La Serna''. Il.-''Excmo . Sr . : -En el art. 3? de la prórroga de la suspensión de hos-
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