Historia de la emancipación del Perú: el protectorado
CONTRAPUESTAS Y MORATORIAS 289 se podría facilitar la ración pertinente de arroz y pan, por mere– cer "su estado de insalubridad la compasión de todos". Para este beneficio, que significaba, en la población actual de Lima, lo que el caudal de un río pobre en el océano, perdiéronse, en dinero y diretes, ora redarguyendo los términos en que la Gaceta ex– traorainaria del gobierno de Lima, del 14, daba a los habitantes la plausible nueva haciéndola aparecer, no como una gracia de San Martín, sino como una condición impuesta por el virrey ( 13); ora discutiendo cuál hubiera de ser la garantía que se prestase, para que el desahogo en cuestión se disfrutara, de toda preferencia, por (13) ''Miraflores, junio 17 de 1821.-Los que suscriben han leído la Ga– ceta extraordinaria del gobierno de Lima, del jueves 14 del corriente, en que se publica (por artículo de oficio) haberse prorrogado el armisticio del 23 de mayo próximo anterior, por doce días más, con la condición de que ha de entrar cierta cantidad de trigo y arróz, para alivio de los habitantes de aque– lla capital. En consecuencia, los que suscriben no pueden prescindir de repre– sentar que el sentido ambiguo de que es susceptible la cláusula ''con la con– dición", da lugar a interpretaciones que, no sólo destruyen el mérito de la generosidad del Excmo. Sr. D. José ·de San Martín respecto del pueblo de Lima, sino que dejan en problema por parte de quien se ha propuesto la prórroga y la introducción de víveres . Ambas cosas, manejadas por la cap– ciosa mano de algún periodista, fácilmente se convierten (como es de espe– rarse) en ar.mas ofensivas al honor y objetos del ejército del mando del Excmo. Sr . D. José de San Martín; lo que en ningún sentido puede ser indi– ferente a los que suscriben.- Pero, presidiendo la buena fe del Excmo . Sr . O. José de La Serna, no dudan los que suscriben que se dignará dar una explicación al expresado artículo de oficio, o publicar el nuevo armisticio, como se hizo con el anterior. De este modo aparecerá el hecho desenvuelto de sombra, y el público juzgará sobre datos que trascienden a todo el mundo culto .- Los abajo firmados tienen, con este motivo, el honor, etc .- Firmas y dirección'' . "A bordo de la fragata Cleopatra, en la bahía del Callao, 20 de junio de 1821.- Los infrascritos, en vista de la nota de USS. de 17 de éste, relativa a manifestar la ambigüedad de la palabra condición, puesta en la Gaceta del gobierno de Lima del jueves 14 del que rige, tienen el honor de exponer que, no habiendo tenido efecto entonces, ni hasta el presente el convenio acordado sobre el particular, el Gobierno se limitó a anunciar en la Gaceta el concepto de la negociación, para satisfacción .del público; pero los que suscriben prome– ten que, inmediatamente que se realice lo convenido en el art. 3"' de la prórroga de suspensión de hostilidades (y que suplican a USS. sea a la mayor brevedad posible), el Excmo. Sr D. José de La Serna dará un testimonio notorio que acredite haber sido a solicitud de los infrascritos la deferencia de USS . en este asunto, con todas las demostraciones que justifiquen los sentimientos de ambos generales en esta parte .- Ratifican los que suscriben los respetos de su mayor aprecio, etc . Firmas y dirección".
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