En busca del orden perdido

tener de todos los bienes de la comunidad y de sapci y de los bienes de los pobres yndios, de cada uno de sus particulares y la yglecia y de la cofradía y del hospital. Tenga su salario de la sétima y de su destrito de la prouincia, tenga todos los tanbos [mesón] y que ponga todas las comidas, pan y uino. Y en ellas no entre yndia nenguna, cino yndio; ayude al tanbo de dar rrecaudo de leña, yerua, gal[l]inas, güebos no más y de guardar cabras, ouejas y ayudar en el tanbo y no le mite [sirva por sus turnos] a nengún español ni le dé guía. Esto le cirua de salario acimismo de los yndios del tributo de lo que le da y señala su Magestad de la tasa. Con ello se sustente como señor y prencipal en todo el rreyno (Guaman Poma 2001: 809 [823]; véase fig. 27). Figura 27. Guaman Poma como Administrador Teniente de Corregidor y Protector Por el momento solo contamos con la información en la cual él nos señala que logró ocupar esta determinada posición. Desafortunadamente, poco es lo que sabemos sobre si los indígenas pudieron acceder a desempeñar estas funciones. Según el ilustre historiador Guillermo Lohmann Villena: «La dilatada extensión del distrito en unos casos, y la índole técnica de la materia, en otros, reclamó la necesidad de crear diversos elementos adjutores, que 144

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