El Estado en la sombra

igualmente los arbitrios más expeditos para obtener recursos con que atender a las necesidades del servicio público; pudiendo emplear desde luego todos aquellos que no impongan responsabilidades al fisco ni se opongan al respeto que establecen nuestras leyes y que todo gobierno culto debe guardar a la propiedad privada. Rogamos, también, a la Junta se sirva sostener con esta Delegación la comunicación más frecuente posible, empleando propios, siempre que haya alguna noticia importante que trasmitir o consulta que hacer. Juzgamos, así mismo, necesario que tanto esta carta como toda la correspondencia que sostengamos, sea mantenida en la más estricta reserva, cuidando de no valerse nunca del correo que, como usted sabe, está en manos de los chilenos. A este respecto, creemos que cuando el asunto no sea de tal importancia o urgencia, que exija un comisionado especial para comunicarlo, la Junta podrá fácilmente valerse de pasajeros de confianza o de algún otro conducto particular, igualmente seguro, para remitir sus comunicaciones. Aprovechamos de esta oportunidad para ofrecernos con toda consideración de usted. De usted atentos sus servidores. [13] 2 de enero de 1882 N° 14 Al Comisionado Especial del Secretario General en el Sur. Su Excelencia el Vice-Presidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo, ha tenido a bien nombrarnos Delegados del Supremo Gobierno en Lima, revistiéndonos de las facultades suficientes, entre otros objetos, para entrar en relaciones oficiales con las autoridades del centro y del sur de la República. Al comunicarlo a V. S., nos es honroso manifestarle que contribuiremos con entera decisión y empeño a llevar a cabo la unificación nacional, prestando a V. S. y a los funcionarios políticos de los departamentos las facilidades y el apoyo indispensables para el cumplimiento de la importante misión que se nos ha encomendado. Esta Delegación ha tenido conocimiento del giro por un mil libras esterlinas (₤ 1000), hecho por V. S., que será cubierto oportunamente. Con este motivo nos permitimos hacer presente a V. S. la conveniencia de que los giros que posteriormente pudiera hacerse, no lo sean por un plazo 153

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