recién cuando se descubre este hecho se le abre proceso penal por parricidio. Los hermanos de Raúl, simultáneamente, le interponen demanda de exclusión de herencia por indignidad, fundada en el artículo 667 inciso 1° del Código Civil. Debe añadirse que Raúl tomó posesión de la cuota hereditaria de su padre al mes del deceso de este. ¿Habrá prescrito la acción civil? Consideramos que no ha prescrito por las siguientes razones: 1) Porque la prescripción admite situaciones que interrumpen o suspenden los plazos (arts. 1994 y 1996 del CC); 2) porque se suspende la prescripción mientras sea imposible reclamar el derecho ante un tribunal peruano (art. 1994, inciso 7° del CC); 3) porque las pruebas de la autoría del parricidio recién fueron descubiertas cinco años después del asesinato. Mientras tanto no había fundamento legal para accionar la exclusión de herencia por indignidad a causa del parricidio cometido. 1.¿Qué principios rompe la representación sucesoria? ¿Por qué? 2.¿Qué es la representación sucesoria? 3.Efectos de la representación sucesoria. 80
RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx