d) El causahabiente debe ser una persona con capacidad civil plena. e) En ninguna de las dos instituciones la exclusión opera de oficio porque ninguna de ellas deriva de normas de orden público sino de derecho facultativo, y están libradas en última instancia a la voluntad de quien corresponde ejercitarlas. f) Los efectos se retrotraen al mismo momento de la muerte del causante. g) El efecto es personal, de modo que no afecta a los descendientes del excluido. h) Cabe el perdón, en cuyo caso queda rehabilitado el sancionado para poder heredar al causante de cuya sucesión se trata. i) No podrá inhabilitársele en el futuro, sino por hechos posteriores a aquel que dio lugar a la inhabilitación. j) En ambos casos el afectado deberá restituir a la masa los bienes hereditarios y reintegrar los frutos, con las salvedades propias de la desheredación. k) Los derechos sucesorios del causante pasan a los descendientes del afectado, quienes heredarán al causante de la sucesión por representación en los casos señalados por la ley. l) El excluido no tiene derecho al usufructo ni a la administración de los bienes que por esta causa reciban sus descendientes menores de edad o mayores incapaces. m) El causahabiente excluido puede ejercitar judicialmente su derecho de oposición en los casos contemplados por la ley. n) En los casos de representación, el representante colacionará lo recibido por su representado (artículo 841 del CC). La exclusión por indignidad debe tramitarse como proceso de conocimiento, de acuerdo al artículo 675 del CPC. En cambio, en el caso de la desheredación, de acuerdo al artículo 751 del CC, el que deshereda puede —si quiere— interponer demanda contra el desheredado para justificar su decisión. No es indispensable sin embargo la acción judicial, basta la declaración por testamento que en este sentido manifieste el causante. La demanda se tramita como proceso abreviado. La sentencia que se pronuncie impide contradecir la desheredación (artículo 486 del CPC), porque el propio heredero afectado ha intervenido como parte en el proceso judicial. 50
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