Cadena de suministros y logística

categoría de «buen contribuyente» no requieren presentar dicha carta fianza, basta con presentar una declaración jurada en el cual se comprometen a la reexportación posterior. La calificación de buen contribuyente la otorga la Sunat a aquellos importadores que no tienen multas y que sean usuarios habituales por un periodo de mínimo de doce meses. Esta operación puede ser cambiada a importación definitiva, mediante el pago respectivo de los tributos de importación, más intereses30. Ejemplos de situaciones en los que se recure a este régimen aduanero son: • Material profesional, técnico, científico, destinado a realizar un trabajo específico. • Mercancías destinadas a eventos, conciertos, ferias internacionales, demostraciones. • Animales vivos destinados a participar en demostraciones, competencias, eventos deportivos, así como los de raza para su reproducción. • Maquinarías y equipos para la producción, que son alquilados en el extranjero, y luego son devueltos al propietario. 3.4. Exportación definitiva Es el régimen aduanero aplicable a las mercancías en libre circulación que salen del territorio aduanero para su uso o consumo en el exterior. La exportación no está gravada por tributos. Es decir, el monto de los tributos de exportación es cero. La realización del trámite de exportación permite a los exportadores recuperar el IGV e IPM de los productos comprados para realizar la exportación. Por ejemplo, si un exportador compra en el mercado nacional un lote de cuero para calzados por el valor de S/. 500 000, por lo cual ha pagado un IGV+IPM de 19%, equivalente a S/. 95 000, al momento de exportar los calzados fabricados con dicho cuero puede solicitar a la Sunat la devolución del IGV + IPM pagado en el mercado local, y esta le devolverá el monto pagado en forma de cheque o nota de crédito a cuenta de los impuestos a la renta por pagar. En consecuencia, el IGV + IPM. no se debe considerar un costo, ya que este valor se recuperará a través del trámite de devolución de saldo a favor del exportador. Asimismo, la exportación permite acogerse al beneficio del drawback, el cual se estudiará más adelante, en esta misma sección. 285

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