Boletín de la Biblioteca Nacional N° 91 92

retención del saldo de Íos ingresos que quedaren, después de satisfechos ios gastos originales por la presentación. Transcurridos quince días sin expe~ dirse ninguna medida sobre el saldo, emanada de la autoridad competente, quedará sin efecto la retención. Artículo 128Q- A solicitud de parte los jueces, podrán dictar el· C>mbargo preventivo de las pinturas, esculturas, discos, cintas magnetofón~­ cas, películas, libros y, en general, de cualquiera de los ejemplares materia~ les de las obras a que se refiere esta Ley, así como también de los ren- dimientos pecuniarios que ellas produzcan. CAPITULO III Sanciones Civiles Artículo 129?- Esta ley establece las siguientes sanciones y medi- das de orden civil cuya aplicación corresponde a los jueces y demás autori~ dades y funcionarios en la forma que determine el Reglamento, conforme a lo previsto en el artículo 14:l9. 1.- MULTA La multa se impondrá: a) Desde cien soles oro (S/o. 100.00), hast~ diez mil soles oro (S/o. 10,000.00), debiendo ser entregada a la misma autoridad que la impuso, dentro del plazo que ella señale; b) La autoridad que imponga la multa queda facultada para am- pliarla excediendo los límites señalados en esta ley, en la me- dida necesaria por el provecho ilícito debido al acto infractorio; c) El ochenta por ciento del importe de la multa se entregará al autor damnificado y el veinte por ciento restante corresponderá al organismo del que forma parte la autoridad que la impuso; d) Si el autor damnificado dejara transcurrir más de seis meses desde la fecha de la imposición de la multa sin reclamar el o~ chenta por ciento que le corresponde, pasará ésta a incremen- tar los ingresos del Registro Nacional de Derecho de Autor; e) Aún después de haber percibido la multa, el autor damnificado conserva el derecho de iniciar todas las demás acciones a que hubiere lugar, caso en el cual se rebajará del monto de la in~ demnización que se señale en la sentencia, el porcentaje de la multa ya percibido por el damnificado; y, 43

RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx