Boletín de la Biblioteca Nacional N° 91 92

c) Si el documento fuese descubierto en una Biblioteca privada, el descubridor necesitará la autorización del propietario de ella, para ejercer los derechos conferidos en el presente artículo; d) Los empleados de Archivos Históricos y Bibliotecas Públicas no podrán aducir derechos de autor sobre los documentos históricos que descubran en esas dependencias. Artículo 17Q- En la sociedad conyugal, cada cónyuge es titular de las obras creadas por cada uno de ellos, sobre las que conservarán, respectj... vamente, en forma absoluta,. su derecho moral. pero los derechos pecuniarios hechos efectivos durante el matrimonio, tendrán el carácter de bienes comu- nes. Artículo 189- El autor que haya cumplido dieciocho años de edad tiene capacidad para realizar todos los actos jurídicos relativos a las obras creadas por él y para ejercitar las acciones que de ellos se deriven. Artículo 19Q- Los incapaces a que se refieren los artículos 9<1 y IOQ del Código Civil podrán ser titulares de los derechos de autor, pero sólo los ejer~ cerán por intermedio de quienes los representen legalmente. Artículo 2091.- Las obras literarias, científicas o artísticas caerán en el dominio público al vencimiento del término de protección que fija el Título III de esta Ley. TITULO I I I DE LA DURACION DEL DERECHO DEL AUTOR Artículo 21Q- Los derechos que amparan esta ley corresponden a los autores durante su vida. Al fallecimiento del autor, su cónyuge, hijos y/o padres -según ley- heredarán de por vida los derechos respectivos. Otros herederos o legatorios podrán mantenerlos por el término de 50 años más a partir del primero de enero del año siguiente a aquel en que ocurrió el fa- llecimiento del titular; salvo en los casos en que por la naturaleza de la obra, esta Ley señala un plazo menor**. Los derechos hereditarios del autor, se transmiten conforme a las reglas del Código Civil, pero con la limitación que se establece en la presente ley. ** Texto de la Ley N<1 24518, que determina: "Artículo Unico.- Modificase el Artículo 219 de la Ley N? 13714 Ley die De- rechos del Autor-, en los términos siguientes: ..................... " "Dado en Ja Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de junio de mil novecientos ochentlséis". 19

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