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EfPa~a.A.rt.Xll'I.
2s~·
~o,
y
tercero:,
y
tambien la de
Valencia•
fon hijas de las Provincias de
S.
Jofeph~
y
S.Pablo,
que eran unas mifmas quan–
do fe erigieron ,en Cuftodias ; aunque
ella unidad,
e
indiviíibilidad, no Ja ad–
mite
el
P. Alca/di
fino con la condicion
de que , preguntandolo
a
dicbas tres
Provincias
el
P.
Fr. Juan
de San Anto-·
nio,
fi
fon hijas <le 'la de
S.
Pablo,
ref–
p.ond'an que si : pero·d
Rmo.
Torrubi~
encuentra afirmativa
la
refpuefia -en
el
Prologo de las Confiituciones Munici-J
pales, que hiio la Provincia
d~
S.Diego
de
Mexico·
quarenta años ha , con eftas
palabras.:,., Nuefüa Provincia de
Sa~
;, Diego de Mexico fe governo defdc
,, los principios de
fu
ereccion en Cuí–
" todia , que
fue
el año
15
93.
con las·
,,
Conftirnciones de
fu
Madre la Pro-;
-,.: vincia de
San
Jofe¡h,
y
San
Pablo•.
:,, por efpacio de veinte
y
feis años.
· Refia ahora
¡
que la Provincia
de
Sím
Pablo,
que.el·P. Al.a/a
pone en
el
1quarto ci'rcúÍo pé>r tercera hija, fe -colo.
que con
fu.
hermana la de
San
Jofeph
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