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guen

los derechos del

· círculo~

~nias

, que

s

cobre en

estl

cpit'.11

la

alcabala

de

toJ.is

Lis·

extr.1ig.rn

de

ella.

· Q

Je

los

irdios

p1gue n

de rechos

en

sus

. n.e_gocbci.rncs

en

señal de

v:is .ttbgé.

Que

reJ.suma

ta

ad ua

1u

sn

...

,

...

JUfl S>J JCClún

sobre

ámbo$. _res · ·

guudos,

ú

tl

i

co

modo

de

irn pedir

el

~ontra

ba m.:fo.

El.Real

T i: Z.unal

del

Constr!

cZ.io-

.

CoO" ;;rreglrJ

~

lo

resuelto

'en

Junta de

C<'Jmerdo

que

convocó, propuso

lo

siguiente~

Q ;1e

se

derren

todos

los

puertos-· del

vireynato

á'

r·os

efectos de Ash,

fJ

Europa. Que se fotrodnzcrn por

P:tnamá, ·

:Buenos

Ayrcs ,

y

Chile. Que como se

conced;ese

est.i gracia,

for...

maría

ur~

jun'ta

de

comerdo , para

·: r-ratar

de satisfacer

á

ll

red

' · h :1cienda el

in:

'"'-()]'te de

los derecbos

q:ue

deº¡arfa

de

percibiC'

;tt.11

.

.

I

l

con

se·mejante prohi·bkion.

Y

q11e

todás

las

upe··dion:s

que

s~

tunasen eo e.t

m~r.,.

eón

destino á

Payta ,

l1

otto puerto

de

los

prohih-idos

fuesen

<>oligados

á

venir a.l

del

Callao.

Et .Sr.

-

Regidor

D.

Xavier

1lfaria

Je

Ágr1irre~ ,_

por · vote

particufar.· ,, Que . 1J

libra de · tabaco

H1v a no ·

se

venda

á

diez

y

seis

ó

diez

y

o.c'ho rea

!es.

Que ·s-e

·declare

libre ll

i1JJ

p(}rt:t•

cion de

est~

tabaco

en poi va'

y

ral}la ,

prefixá.ndose b

alcab.1la,

que

deba pagar al

tiempo de su

introducdon,

conti~. uancto

la

direccion

del ·

r~mo

su giro .

por

h

fac.toría

de

h H1bana; psra

cvltar

el

daño que traeria lfl

falta de·

e~peculadores

al

pdnd·

plo de este

esta bt<!cimiento.

Que

las ventajas

que de

él resulten>

podrán .

servir

de

regla

para

decir sl ha de

concederse

iguJl

grach

á

Jos

tabJcos

de q,tayaqull,

·'J

Bra-camoro

y

por

conslgulente

si se rá

v~nu­

jon

al erario la

a-b-0~kion.

del

~s&a-flCO

.