" plicaelas sus Reales intenciones
acer~a- d~
~)
las Obras
pia3 , .
a
que desea aplicar los
· 7
-y
B-imes ornpados-.;
y
en.
el
mismo
Arcf..
,.,
cu.lo-maniks~Ó,
que
se haria la apLi€a–
,,. ciotl
oidos lo-s
Ordi11a-rios
Edesiasticos
,, en
lo
necesario
y
conveniente.
,, Esta regla anticipada que
prcsent•\
;-, la
Pragm~uíca
_descubre , qne
fa
Amq.
)., ridad Real,
aco1.-11pañ.ada
do
Ja.
o_rdina–
,., ria de l'Os· Reverendos
Obi~pos
en
lo
,., q
ltc
sea
co1w<:nientc
o
necesaria- ,
ha de
;, obrar
en esta aplirncion ;-
y
este es u11
,, pnnco
decidido
ya
(011
el examen
y
cir4
,; cumpeccion q1;1e precediü
a
la rcsolu-
.,, cion- de
esmüiamiento.
·
,, Habiendo de
obrar
inmediatamen.
:,, te
la
Auwr1dad
R:eal por
aquellos
de–
·,, rechos
incontestables
que las
Ley
e$ ,
·los
,, Canones ,
y
la misma Constitucion
y;
,, esencia de la
Soberanla
confieren ·a
el
,>
Monarca ,
es
preciso guc desde luego
,, se suponga que los Bienes ornpados
~
~~ !o~ Rcsul.~~~s 9~ 1~ ~2rnpa!lia_ ,
sus Ca-1
·
~-~
sas!