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·s:,.
prox1m.o
·pasa o
e en
proppn-er
a
e~--
,.,.
t~
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Suprnmo
Tribun.allos
pHnt.osres...
,, peétivos
a
la ddiberacíon que.
S.
M.
,, clesea.
se
tome ·sobre
el
destino
de
los
,, Bienes-
ocnpad0~
a>
tos Regularns
de
la
,, Compañia , siendo
~ste
el
objetro
de la
,,, citada Rea\ Orden , en
cuya
virrnd
f.i,a11
,, ·:Sido
Eo1wocados
pat·a asistir
a
et.
Con.
['1
sejo los Prdados que expresa.
,, Para entrar en aquella
delibera–
" ciot'l-
entienden
los Fiscales· ,
qac
el
pri~
>,
·i;ner paso
d~be ~r
fixar por una Jeda.
,, raeion
so\emac
los derechos-, autoridad,
,, y
facultades
de
·los
que
han de inrerve.
,, nir en el-destino-,
y
apticaci0n·
efoétiva.
~'
Puesto en- su debida "
claFidad
este
prin–
tt
Ci'ipio,
~ran
muy ll::rnos.. ,. faciles
y
per–
,, €cptib.les los-
medios·
para tlegar
a
el
fin
o,
que
se ha propuesto la piedad de nues–
h
tro bentgno Soberano-.
,., S. M.
en.
el
Art'trnlo oé'ravo de
.,, la
·Real Pi:agmarica
d~ ,qo~
de
Abril
de
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