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l)4

.mandaron que

el

Dircétor de los referidos

Estudios , lvfoestros nombrados por esrn vez

por este Superior Gobierno , los que

les.

snccediesen en ade ame,

y

las dem8s Persa ..

nas

~

quienes toque

y

tocar pueda en aigu..

na manera su gobierno

y

~rn1nejo ~

guarder.¡

y

cumpfan los

Est~tutos

siguientes.-

.

DIRECTOR..

E

N

caso

de qoe

vaque

el

Empleo

ele

Direltor

d ~

estos Estudios, se

pendran

Edic ..

tos par

d

.ter!nino

d~

dos meses por

el

Reétor de

est<1

Universidad, c.irando

a

Op0o–

sicio11

a

los Sngetos

qn~

la

pretendiesen , .

y

· hayan

de

ser de las partes

y circunstancias

prevenidas en

d

citado Auto

de esta Real

Junta. ,

y

sefüilandose día.

para

el

examen

que

debe precedl'.'r de los opuestos por

d

rnen~

,donado Reél:or

f

se

proccdera.

a el

en

el

medo qne

se

dira

en

1os

e

p1w1os

s:t;uicntrs~

C oncurriraa

al

examen , que deber2

cm...

pezar

~

las

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Ec~~lado,

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