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5

tia Facultad se distingan con

el

nombre de

Prima ,

Vi~peras

,

LI

otros

de los que

~e

le$

daban antes ,

con forme

a

la

Ivl

atería

o

Cuerpo del

Derecho

que

debla

di éta rse ,

<]Uedando

solamente di stinguidas con el oom ..

bre de fas Facultades , v en una mi sma con

el de Primera ,

Segunda~

y-Tercera &c.

con

!('lacion

a

los años de cada Curso.

10.

As1

el

honor como b

renra

ha de

ser igual en todas)

a

excepcion de las de

Medicina , porque

en

todas ha de ser igual

el

trabajo

y

la pension:

y

se snpone en los

que 1as obtienen igual la suficiencia ;

pue~

todos los Catedraticos de una Facultad han

de diébr precisamente

las

diversas Materias

que comprehende) segun le

corresponda

a

cada uno su turno

rn los

años

respeltivo~

de su Curso, como se

dira

despues.

Ir.

La Dotacion de las

C areciras

sera

de mil pesos al año rn las de Filosofia , Ju·

risp rudencia T eolog1a

y

Matematicas ,

con

cuya

cantidad se provee

a

su

stibsistencia '

~

se ev ira que con

el

pretesto . de solicitar