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tia Facultad se distingan con
el
nombre de
Prima ,
Vi~peras
,
LI
otros
de los que
~e
le$
daban antes ,
con forme
a
la
Ivl
atería
o
Cuerpo del
Derecho
que
debla
di éta rse ,
<]Uedando
solamente di stinguidas con el oom ..
bre de fas Facultades , v en una mi sma con
el de Primera ,
Segunda~
y-Tercera &c.
con
!('lacion
a
los años de cada Curso.
10.
As1
el
honor como b
renra
ha de
ser igual en todas)
a
excepcion de las de
Medicina , porque
en
todas ha de ser igual
el
trabajo
y
la pension:
y
se snpone en los
que 1as obtienen igual la suficiencia ;
pue~
todos los Catedraticos de una Facultad han
de diébr precisamente
las
diversas Materias
que comprehende) segun le
corresponda
a
cada uno su turno
rn los
años
respeltivo~
de su Curso, como se
dira
despues.
Ir.
La Dotacion de las
C areciras
sera
de mil pesos al año rn las de Filosofia , Ju·
risp rudencia T eolog1a
y
Matematicas ,
con
cuya
cantidad se provee
a
su
stibsistencia '
~
se ev ira que con
el
pretesto . de solicitar