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tos
conven1et1tes gne
reglen
su
gobierno,
economia
y
rna r:ejo ,
y
traten
especial~
-
mente sobre
el
destino
de estos Expósi–
tos
, con ateneion
2i.
lo
prevenido
en
fa
Ley 4. del
Titulo de
los
Bagabundos
y
Gitanm , en las
recopiladas d.e
estos
~Rey-'
nos
~
esperandose
del
zelo
-del
citado Don
Dieg.o
Ladran contribuid
por
su parte
a
la pcrfrccion de un Establecimiento
ta¡Í
del agra·do de Dios, servic:io· de nuestro
Soberano
y
beneficio
pL1blico.
Y
respeé1:o
de que en
el
sitio aplicado
a
dicho H os–
picio se comprehende .la Capilla que ser"'
v ia al cirado Colegio de San Martín para
los exercicios de nuestra Religion
y
fun–
ciones Literarias ,
siel11do
_uno de los prin·
cipales destinos
de
estas Casas
el
que los
Jovenes que
en ellas se
recogen crezcan
y
se
eduquen
con
el
conocimien.copraético
de los Deberes del
Cristiano ,
sobre lo que
deben velar especialmente los
SugetOs
en· ·
cargados de
Sll
gobierno
y
dircccion; para
mejor facili.tades
esr~
importante objeto ,
·
A
a
se