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P R O V l N CIA .
los Regulares de la Compañia en la Casa, é Iglesia del
No–
viciado ,
cuy o importe asciende
á 37y6)1
reales ,
y 19
mara–
vedis, sin comprender las fundadas para Eclesiásticos,
y
Ca–
pellanes determinados, á quienes no debe perjudicarse.
16
Para que la Congregacion del
~alvador
aumente sus
Individuos , como lo desea , á proporc10n de la mayor ex–
tension de la Casa , dotacion que recibe , y necesidad del si–
tio en que se establece, se le aplican tambien 8y reales an–
nuales de
la
renta sobrante,
y
efeétiv.-1 del
Noviciado,
que
por ahora debe quedar destinada á el pago de pensiones, ó
annuidades de los Regulares de la Compañ ia. Queda preser-–
vado el Patronato de la Casa de
Alva.
·
Casa antes Prof esa, hoy
San Felipe de Neri
'el
Real.
~ 7
Enterado·el Real ánimo de S. M ,
á
Consulta del Con·
sejo de
2
3 de
Junio
de
1768,
de la estrechez del Edificio de
la Congregacion
d~
San Felipe Neri,
en la Plazuela del
An·
gel :
que el Públ ico estaba perjujicado por la mala situacion
clel Oratorio entre dos calles de gran paso, muy eHrechas
por causa de él;
y
que siendo preciso constru ir edificio nue·
vo se causarían gastos
á
costo del Vecindario , se sirvió re–
solver la translacion de la ex presada Congregacion
á
la lla·
mada
Casa Profesa,
dándoles el buque material de la Igle–
sia,
y
lo que eran viviendas de los Regulares, pero sin de·
recho á las alhajas, memorias , librería , ni qualesquiera ren·
tas, ó derechos , dandoles separadamente la aplicacion que
convenga ; bien que de la aplicacion de Memorias se está
tratando
á
consequencia de lo resuelto por S. M,
y
con efec·
to se há en<;argado
ya
á
esta zelosa, y utilísima Congrega·
cion dé su cumplimiento , acudiéndosele con la limosna cor·
respondiente. La traslaCion se há resuelto con las condicio–
nes siguientes.
18
I. Que no há de alterarse el ensanche del Edificio, ni
las rentas ,
-y
número de Individuos, ni hacerse fundaciones
de Congregaciones , 6 Cofradías, ni subsistir algunas de las
que estubieron fundadas , por haberse extinguido.
19
Il. Que haya n de enseñar los Padres de la misma
Congregacion Moral, Historia Eclesiástica ,
y
explicar el
Catecismo
á
los Ordenandos,
é
instruir al Clero de
Ma–
dri,d ,
sin adquirir derecho ·exclusivo, para impedirá los
Pa·
-'i..