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Hextendidose
subsecuentemente la corres·pon-
ndiente
e8critura, he de merecer
a u.
se
·sirva
»decirme el moilo en que determina contra el
"pago de 'los reditos para mi inteligencia,
sien–
"dome
mu
y
satisfactorio repetirme con
·este mo–
"tivo su
muy
atento, -ohsecuente servidor
Q.
B.
"S.
M.-~ose
Gregorio Paredes-Casa Enero
"30
de
1829.
A
q
ue
consteste del
te11or
sig-uiente-Sr.
Dr. D.
Jose
Gregori~
Paredes-
.Muy
senor mio,
y
de todo mi aprecio. An–
te el congreso constituyente me ·presente soli–
citando el pago de
los
principales
y
reditos
que
s~
me adeudaban por el
~stado
condonan..
do la tet·cera
parte
de los primeros,
y
la tota–
lidad de los segundos,
y
que el liquid-0 se con–
cuasase
con
igual
cantidad
de las que gravan
s ;hrn mis
fincas
a
favor del estado.
La
comi–
s.(on de Hacienda apoy6 mi propuesta
expo–
niendo
que debia ser pagado
a
la par de los
acreedor-es, ·cuyos
credit-OS
habian sido inverti-
-dos
en
sostener
la
guerr-a
de
la independencia.
Y no habiendo quedade resuelto por el congre–
so,
se reserv6 para
fa
pr-0xima
lejislatura. En
este
esta.do, _ni el gobierno debe tnezclarse en
hacer a.djudicaciones, ni
y0
puedG
consentir
en
ellas,
teniendo
cantidades que subrogar de mi
propiedad.
Asi lo hago_. pr€sente al
supremo
gobierno en un
r-ecurso
de esta
fecha,
y
protes·
to hacer cuantos sean
necesarios
para anula·r