Los ideólogos: José Faustino Sánchez Carrión
JOSE FAUSTINO SANCHEZ CARRION 563 teoría la responsabilidad de los infractores; así como es obligación de todo ciudadano reclamar el cumplimiento de la carta de sus li– bertades, y de todo funcionario público invocar al Ser Supremo como testigo de su fidelidad a la Constitución, al tomar posesión de su cargo; que si bien, por desgracia nuestra, a reverso del otor– gamiento más augusto que puede practicar el hombre, vemos ya escrita su infame perfidia, sépase a lo menos que no sólo ha des– preciado la opinión general, sino también insultado a la Divinida,d misma. Termina el proyecto con la declaración especial de los princi– pales derechos sociales e individuales; porque, aunque por el tenor de las partes anteriores están afianzados solemnemente, ha pare– cido necesario el que se lean como en tabla separada, para inculcar constantemente su respetabilidad; para que leídos con frecuencia exciten la meditación de los ciudadanos, y para que instruído el pueblo de que este es el último resultado de su sujeción a las trabas sociales, se empeñe en recobrarlos, como que pudiendo serles difícil entender las otras leyes que los cáutelan, por este medio le será muy claro saber que se ha atacado su libertad civil, su seguridad, pro– piedad, etc. Con este capítulo ha concluído la Comisión la grande obra que Ja dignidad del Congreso fió a sus pocas luces. Ya en el progreso de este análisis ha indicado su temor y desconfianza, y ahora ma– nifiesta al Congreso la perplejidad que constantemente la ha agi– tado, viéndose por una parte obligada a no apartarse de las bases juradas, y por otra a condescender con observaciones tomadas de la situación misma de la República; de suerte que, conducido el espí– ritu del proyecto a un punto determinado, no ·ha estado en arbitrio de la Comisión proponer reglas disconformes, que aunque no hu– biesen sido las más acertadas, habrían apresurado por lo menos el curso de las tareas. Sobre todo, la experiencia, que es la maestra de los legisladores, deberá decidir de este ensayo, que para esto ha declarado que la presente Constitución queda sujeta a la ratificación o reforma de un Congreso general, compuesto de lo diputados de todas las provincias actualmente libres y de todas las que fueren desocupadas por el enemigo, terminada la guerra. ¡Quiera el cielo que los pueblos reciban este código con el mismo amor con que los primeros repre entantes del Perú han procurado formarlo, para a egurar e a libertad porque se está derramando tanta sangre, esa libertad, en fin, que los mismos pueblo no cono– cen, y que siendo la que ellos quieren y la que pueden darse sobe-
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