Los ideólogos: José Faustino Sánchez Carrión
234 AUGUSTO TAMAYO VARGAS - CESAR PACHECO VELE'.Z umca capaz de evitar las dudas y contradicciones que con frecuen– cia se advierten en la aplicacion de las leyes: III. Que este objeto no puede lograrse sino por medio de un proyecto de códigos civil y criminal, que se forme por una comision especial que facilite las tareas del congreso; He venido en decretar y decreto: 19 Se nombra una comision compuesta del Presidente de la Suprema Corte de Justicia, del Dr. D. Francisco Valdiviezo, Dr. D. José Cavero y Salazar, del Presidente de la Corte Superior, de los Doctores D. Miguel Tadeo Fernandez de Cordova, D. Ignacio Ortiz de Zevallos, D. José de Larrea y Loredo, D. Manuel Tellería, D. Ignacio Moreno, D. José Armas, D. Justo Figuerola, y D. Agustín Quijano, antiguo conde de Torre-Velarde. 29 El objeto de esta comision, es formar un proyecto de Có– digos civil y criminal, y presentarlo con la brevedad posible al go– bierno, para que este lo someta al congreso. 39 La comision se dirijirá en los casos necesarios á los mi– nistros, que segun su departamento deban tener intervencion en este negocio. 49 El Ministro de Estado en el departamento de gobierno, queda encargado de la ej ecucion de este decreto. Imprímase, publíquese y circúlese. Dado en el palacio Dicta– torial de Lima, á 31 de enero de 1825.- 49 de la República.- Simón Bolívar.- Por órden de S. E.- José Sanchez Carrion. (Gaceta del Gobierno, N? 11, t. 7, 3 de febrero de 1825, p. 1). 176 ESTABLECIMtENTO DE UNA ESCUELA NORMAL Simón Bolívar Libertador Presidente de la República de Co– lombia, encargado del Poder Dictatorial de la del Perú, etc. CONSIDERANDO: I. Que el sistema lancasteriano es el único método de promo– ver pronta y eficazmente la enseñanza pública; II. Que extendiéndolo a cada uno de los Departamentos, se difundirá, sin demora, en todo el territorio de la República;
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