Los ideólogos: José Faustino Sánchez Carrión
212 AUGUSTO TAMAYO VA1RGAS - CESAR PACHECO VELEZ pagar por único derecho de importacion 20 por ciento, pagarán en adelante 30 por ciento, el 25 por ciento a favor del estado ; y el 5 por ciento por derechos de Consulado: arreglandose al valor que se diese a la factura, á precios corrientes de plaza. 2Q Todos los efectos, que segun el art. 89 del precitado regla– mento, satisfacen por único derecho de introduccion el 18 por ciento, _pagarán el 25 por ciento ; el 20 se destinara a los fondos del estado, y los 5 restantes a los del Consulado. 3Q Todos los efectos, que por el art. 9Q del mismo reglamento, pagan el 16 por ciento, pagarán el 20: los 17, ingresarán en los fondos del estado, y los tres restantes en los del Consulado; en la intelijencia de que los derechos de que hablan los artículos anterio– res, deberán deducirse conforme al art. lQ sobre los valores de las manufacturas, arreglados al precio de plaza en los términos que previene el art. 7Q del reglamento indicado. 4Q Todos los artefactos, que con arreglo al art. lQ deben pagar el duplo de los derechos alli señalados, satisfarán en este órden: 45 por ciento los que se introduzcan en buques con pabellon estranjero: 40 por ciento los que se importaren en buques con pabellon de los estados independientes de Chile, provincias del Río de la Plata, y Colombia; 35 por ciento los que se internaren en buques con pabellon de la Republica Peruana; cuya aplicacion a los fondos del estado y Consulado, se hará en la misma proporcion. 5Q El oro acuñado que se exportare en cualquier buque, satis– fará por único derecho de extraccion el 3 por ciento, de los cuales 2 se destinarán a los fondos del estado, y lo restante a los del Consulado. 69 Desde 19 de setiembre de este año, tendrá su debida obser– vancia este Decreto; cuyo tenor es estensivo al puerto de Paita, declarado mayor por el Congreso. Imprímase, publíquese y circúlese. Dado en el Cuartel jeneral de Ruarás a 19 de Junio de 1824.- 39 de la República.- Simón Bolivar.- Por órden de S. E.- José Sanchez Carrion (Gaceta del Gobierno, t. 6, agosto de 1824)
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx