Los ideólogos: José Faustino Sánchez Carrión
184 AUGUSTO TAMAYO VARGAS - C~SAR PACHECO VEL~ del Congreso en Lima a 18 de Enero de 1823.- 49 de la Indepen– dencia.- 29 de la República.- Hipólito Unanue, Presidente.- Gre– gorio Luna, Diputado secretario.- José Sanchez Carrion, Diputado secretario. Por tanto, ejecútese, guardese y cúmplase en todas sus partes por quienes convenga. Dará cuenta de su, cumplimiento el M-inistro de Estado en el Departamento de Gobierno. Dado en el palacio de la Junta Gubernativa, en Lima a 19 de Enero de 1823.- 49 de la Independencia.- 29 de la República.- José de la Mar.- Felipe Antonio Alvarado.- Manuel Salazar y Baquijano.- Por orden de S. E.- Francisco Valdivieso. (Gaceta del Gobierno, N? 8, t. IV, 25 de enero de 1823, p. 2). 132 TRATAMIENTO DE EXCELENCIA A TRIBUNAL DESIGNADO POR REGLAMENTO INTERIOR La Suprema Junta Gubernativa del Perú comisionada por el Soberano Congreso Constituyente: , Por cuanto el mismo ha decretado lo siguiente: EL SOBERANO CONGRESO CONSTITUYENTE DEL PERU Prefijando las facultades del tribunal establecido en conformi– dad del artículo 89 capítulo 49 del reglamento interior, y deseoso de que no sufran entorpecimiento en su debida substanciacion las causas en que entendiere, Ha venido en . decretar y decreta : l. El tribunal que designa el artículo 89 capítulo 49 respecto de ser una comision permanente del Congreso, y proceder a su nombre en las tres instancias detalladas, tendra el tratamiento de Excelencia con el dictado de Excelentísimo Señor. 2. Podrá entenderse directamente con todos los tribunales, autoridades y justicias de la ciudad para pedir los auxilios conve– nientes, sin necesidad de ocurrir al poder ejecutivo, pero si lo hará por este, cuando haya de entenderse con las autoridades de fuera. 3. Se declara a los diputados uno y otro fuero en todo género de causas.
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