Los ideólogos: José Faustino Sánchez Carrión

JOSE FAUSTINO SANCHE'.Z CARRION 183 ·cúspide un condor con el pie izquierdo, las alas extendidas y el pico abierto, mirando hacia el camino por donde ha marchado el ejército en busca del enemigo, y que denote la celeridad y bravura con q'ue le persigue y hace presa. 3. La Junta Gubernativa queda encargada de remitir el co– rrespondiente diseño al presidente de aquella dependencia. Tendreislo entendido y dispondreis lo necesario a su cumpli– miento, mandandolo imprimir, publicar y circular. Dado en la sala del Congreso en Lima a 18 de Enero de 1823.- 49 de la Indepen– dencia.- 29 de República.- Hipólito Unanue, Presidente.- Gre– gorio Luna, Diputado secretario.- José Sanchez Carrion, Diputado secretario. · Por tanto, ejecútese, guárdese y cúmplase en todas sus partes por quienes convenga. Dará cuenta de su · cumplimiento el Ministro de Estado en el departamento de gobiemo.- Dado en el palacio de la Junta Gubernativa en L ima á 19 de Enero de 1823.- 49 de la Independencia.- 29 de la República.- José de la Mar.- Felipe Antonio Alvarado.- Manuel Salazar y Baquíjano.--- Por órden de S. E.- Francisco Valdivieso. (Gaceta del Gobierno, t. IV, pp. 1-2, N9 7, 22 de enero de 1823). ' 131 CONCEDESE A MOQUEGUA EL TITULO DE CIUDAD La Suprema Junta Gubernativa del Perú comisionada por el Soberano Congreso Constituyente: Por cuanto el mismo ha decretado lo siguiente: EL SOBERANO CONGRESO CONSTITUYENTE DEL PERU Teniendo en consideracion que la villa de Moquegua proclamó expontaneamente su independencia, luego que en el año de 1814 se le presentó oportunidad, y que muchos de sus nobles hijos han dado apreciables testimonios de su valor y constancia en la defensa de las libertades del_Perú, Ha venido en decretar y decreta : l. Se concede a la villa de Moquegua el título de Ciudad. 2. El gobierno le expedirá el correspondiente despacho. Tendreislo entendido y dispondreis lo necesario a su cumpli- miento, mandandolo imprimir, publicar y circular. Dado en la sala

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