Los ideólogos: José Faustino Sánchez Carrión
JOSE FAUSTINO SANCHEZ CARRION 159 105 DASE PREFERENCIA A LOS PERUANOS PARA PROVISION DE EMPLEOS La Suprema Jjunta Giibernativa del Perú comisionada por el Soberano Congreso constituyente: Por cuanto él mismo ha decretado lo siguiente: EL CONGRESO CONSTITUYENTE DEL PERU Declara. Que en la provision de los empleos vacantes ó que vacaren en la lista civil y eclesiástica sean preferidos los peruanos; y cuando esto no pueda ser, se consulte al Congreso. Tendreislo entendido y dispondréis lo necesario a su cumpli– miento, mandandolo imprimir, publicar y circular. Dado en la Sa– la del Congreso en Lima a 4 de Noviembre de 1822.- 3<>.- José de Larrea y Loredo, Presidente.- Jos é Sánchez Carrion, Diputado secretario.- Pedro Pedemo-nte, Diputado secretario. Por tanto, ejecútese, guardese y cúmplase en todas sus par– tes por quienes convenga. Dará cuenta de su cumplimiento el se– cretario del despacho en el departamento de gobierno. Dado en el palacio de la Junta Gubernativa en Lima á 4 de Noviembre de 1822.- 39.- José de la Mar.- Felipe Antonio A'.lvarado.- ·Ev Conde de Vista Florida.- Por órden de S. E.- Francisco Valdivieso. (Gaceta del Gobierno de Lima independiente, t. III, N<.> 40, p. 1, 9 de noviembre de 1822). 106 COMANDANCIA DEL RESGUARDO QUEDA AGREGADA A LA ADUANA SECRETARIA DEL CONGRESO DEL PERU Habiendo nombrado el Soberano Congreso una comision de su seno para que visite la Aduana de esta ciudad y su dependencia en el Callao, ha resuelto se suspenda la provision de la Comandancia
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx